Desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social, INSS, pese a que la edad legal de jubilación son los 65 años, permite a los trabajadores jubilarse antes de cumplir dicha edad. Unos de los casos es la prejubilación, a la que pueden acogerse las personas que cumplan los 61 años siempre que se cumplan una serie de requisitos con la administración pública.
En estos casos, el prejubilado deberá acarrear penalizaciones en cuanto al cobro de su pensión. Estas se verán aumentadas con la reforma de las pensiones que llevará a cabo el Gobierno de España a través del ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que dirige José Luis Escrivá.
A la prejubilación, se le conoce como el “cese no voluntario del trabajo”. Esto quiere decir que, cuando una persona es despedida de una empresa, ante la dificultad de regresar al mercado laboral debido a tener una edad cercana a la límite, decide prejubilarse.
Requisitos para poder prejubilarse con 61 años
Para poder solicitar la prejubilación, desde la Seguridad Social se ha detallado que se deben cumplir una serie de requisitos, que son los siguientes:
- Tener 61 años cumplidos.
- Se deben cotizar, al menos, 33 años a la Seguridad Social. De ellos, al menos dos años deben ser en los últimos quince antes de solicitar la prejubilación.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante seis meses desde el despido.
- El despido debe ser debido a una reestructuración de la empresa, no puede ser por voluntad propia del trabajador.
- Estar en situación de alta en el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Cuantía de la pensión por prejubilación
En relación a cuánto cobrarían las personas que decidiesen poner fin a su vida laboral de manera anticipada a los 61 años, deben saber que dicha prejubilación irá acompañada de una penalización a la hora de cobrar la pensión. Aunque dicha penalización dependerá de los años que se hayan cotizado, traduciéndose en unos ingresos menores en dicha pensión de manera mensual.
Además, con la llegada de la reforma de las pensiones que llevará a cabo el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, las penalizaciones serán aún mayores a las que hay actualmente. Todo ello con el objetivo de que desciendan los casos de prejubilaciones en los trabajadores y que se incremente el número de personas que alcanzan la edad límite de jubilación, los 65 años.
Las disminuciones del cobro de la pensión tendrían diferentes tipologías, siempre dependiendo de cuántos años se hayan cotizado a la Seguridad Social, esto sería de la siguiente manera con la nueva reforma:
- Menos de 38 años y 6 meses cotizados: La reducción máxima sería del 21% en caso de que se optase por este tipo de jubilación. Por ejemplo, una pensión de 1000 euros pasaría a ser de 790 euros.
- Entre los 38 años y 6 meses y los 41 años y 6 meses: La deducción sería de un 19% en su pensión. Esto supone que una pensión de 1000 euros sería de 810 euros.
- Entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses: La pensión tendría una disminución del 17%. Esto supone que, si a una persona le pertenecen 1000 euros, solo cobraría 830 euros.
- Más de 44 años y 6 meses: En este caso las sanciones se mantienen en una rebaja del 13%. Por lo tanto, una persona prejubilada pasaría de cobrar 1000 euros a 870 euros.
No es lo mismo prejubilación que jubilación anticipada
También es importante destacar que no es lo mismo prejubilarse que una jubilación anticipada. Muchas personas confunden ambos términos y la gran diferencia es que, en el caso de la prejubilación, es el propio trabajador quien toma la decisión una vez despedido de la empresa. A ese hecho, se le unen la dificultad para encontrar trabajo y la proximidad a los 65 años.
Por su parte, la jubilación anticipada sí que es un acuerdo al que llegan el trabajador y la propia empresa, en la que el trabajador acepta unos términos por parte de la empresa para que éste acceda a la pensión antes de cumplir la edad límite.
Para conocer más sobre qué quiere decir la prejubilación y la jubilación anticipada, se puede consultar este artículo en el que se explica qué diferencia hay entre prejubilación y jubilación anticipada.
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