Las empleadas de hogar podrán darse de alta en la Seguridad Social mucho más fácil, rápido a través de la aplicación Import@ss de la Seguridad Social. Con este procedimiento se garantizan un buen sueldo y un alta con la que poder sumar para solicitar la pensión de jubilación cuando cumplan la edad mínima. También ganarán estabilidad laboral.
Dar de alta a una empleada de hogar es un procedimiento que se puede realizar en nueve pasos. Accesible para todos y sin necesidad de tener a mano documentación, aunque el sistema pedirá los datos del empleador y los de la nueva trabajadora así como la fecha de inicio de la actividad.
Cómo dar de alta a una empleada de hogar
Lo primero que hay que hacer para dar de alta a una empleada de hogar es tener instalado en un dispositivo electrónico la App Import@ss de la Seguridad Social. Para hacerlo, se puede entrar en portal.seg-social.gob.es o directamente en la sede electrónica.
El sistema tiene que tener seguridad de quién es la persona que va a realizar el trámite, por lo que habrá que identificarse con certificado electrónico, cl@ve o SMS.
Nueve pasos para el alta en la Seguridad Social
Una vez identificado, el contratante tendrá que indicar si el alta se va a realizar como empleador o como trabajador. Si ya ha usado el sistema más veces, los datos personales estarán guardados.
La nueva App Import@ss es muy intuitiva. Pero hay que tener claro qué rellenar en cada uno de los campos:
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Datos del trabajador: nombre y apellidos, número de DNI y fecha de nacimiento de la empleada de hogar a la que se le va a hacer el nuevo contrato de trabajo.
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Datos del empleador: deberá marcar si la persona a la que va a dar de alta estará a cargo de una familia numerosa. En el caso de que se cumplan los requisitos, además podrá solicitar una bonificación.
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Tiempo de duración del contrato: indefinido o temporal.
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Jornada laboral y sueldo a cobrar: Señalar la relación laboral, el tipo de contrato, si es a jornada completa o por horas. En este último caso, la App habilitará un espacio para señalar el tiempo que pasará el nuevo empleado trabajando. También aparecerá un apartado para el pago del salario mensual, si va a ser todos los meses o por horas y en esta última opción, cuánto dinero valdrá una hora. Además, pagas extra o turnos de guardia, horas extraordinarias, todas estas condiciones tendrán que estar pactadas a la hora de comenzar a rellenar el formulario.
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Domicilio en el que se va a desarrollar la actividad: Si coincide con alguno de los que aparece en la base que tiene la Seguridad Social no habrá que escribir más nada. Si hay variación de datos, habrá que cambiarlos en la oficina virtual.
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Entidad aseguradora. Habrá que marcar la entidad aseguradora, entre el INSS o una mutua colaboradora.
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Datos de contacto: Los del empleador del hogar.
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Número de cuenta bancaria donde va a efectuar el ingreso del sueldo a la empleada de hogar.
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Revisión antes de enviar. Antes de pulsar el botón de terminar, es importante revisar todo lo que se ha escrito, cotejando la información. Cuando ya exista la certeza de que son válidos, el procedimiento habrá concluido.
A continuación, el empleador tendrá la opción de descargar el justificante en PDF para presentar en el caso de que se lo exija alguna administración pública. Es el resguardo que deja constancia de las condiciones laborales en las que comenzará el trabajo la empleada o empleado de hogar.
¿Cuándo dar de alta a una empleada de hogar?
El alta hay que tramitarla antes del comienzo de la actividad laboral, con un periodo de antelación máxima de 60 días, y será responsabilidad directa de la persona que quiere contratar a un empleado o empleada de hogar, así como el pago de las cuotas a la Seguridad Social.
También podrán tramitar el alta a través de Import@ss o ‘Te ayudamos’ los empleados de hogar que trabajen menos de 60 horas al mes por empleador. Es decir, aquellos que acudan a realizar las labores domésticas en más de una casa.
Dar de baja a un empleado de hogar
Import@ss permite tramitar la baja de una empleada de hogar en los tres días siguientes a la finalización del contrato de trabajo. También da la opción de cambiar los datos de la relación laboral con una antelación variable, comunicándolo siempre a la Seguridad Social.
Todos estos puntos, una vez finalizados, estarán en el archivo de la Tesorería General de la Seguridad Social, TGSS.
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