El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el encargado de abonar la prestaciones por Expedientes de Regulación de Empleo Temporal (ERTE). En el caso de no reflejarse el ingreso se deberá poner una reclamación por el ERTE no cobrado.
Esta prestación se abona entre los días 10 al 15 de cada mes, pero algunos bancos y entidades optaron por adelantarlo a los días del 3 al 5. Debido a constantes cambios provocados por la crisis sanitaria de covid-19 ha provocado, que en muchas ocasiones
Antes de poner una reclamación, consulta el estado de la prestación
Existe cuatro formas de conocer el estado de una prestación por desempleo por ERTE:
Por internet: entrado en la Sede electrónica del SEPE y pulsando en el botón ‘consultar prestación’. Seguidamente pulsar en ‘Pin teléfono móvil’ e introducir nuestro número de DNI, NIF o NIE y Teléfono móvil. Llegará un mensaje de texto SMS con una clave que se deberá de introducir. Tras pulsar en acceder, será posible visualizar, cuando se cobro la última prestación y si hay algún problema, lo indicará.
Este trámite también es posible realizarlo con certificado electrónico. Es mucho más rápido y evitar tener que introducir los datos.
Por teléfono: es posible usar el servicio de atención telefónica del SEPE bien llamando 912738383 o a través de los números fijos provinciales. Ambos servicios funcionan bajo un horario de 9 a 14 horas.
Oficinas de prestaciones: solicitando previamente al SEPE cita previa, es posible acudir a las oficinas del SEPE para conocer el estado de nuestra prestación en este caso, un ERTE.
¿Cómo reclamar el pago del ERTE al SEPE?
Los trabajadores que tras comprobar que este incluidos en un Expedientes de Regulación de Empleo Temporal no vieran ingresada su prestación deberán de proceder a reclamarlo al Servicio Público de Empleo.Es posible reclamar el impago por internet, por teléfono y a través de las oficinas de empleo.
A través de la Sede Electrónica mediante certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña. También, es posible exigirlo a través de un formulario de per-solicitud, por el cual no es necesario contar con los sistemas de autenticación mencionados anteriormente.
Llamado por teléfono al 91 273 83 83 de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. También es posible llamando gratis a los teléfono provinciales del SEPE.
De manera presencial en las oficinas de empleo. Es necesario contar con cita previa para poder ser atendidos.
En el caso de no estar incluido en el ERTE saber, que es la empresa quién debe de incluir a los trabajadores para el pago de la prestación.
¿Qué pasa una vez presentada la reclamación por ERTE?
El SEPE cuenta con un plazo de seis meses para contestar nuestra solicitud. Si en ese plazo no contesta, se entenderá un “silencio administrativo” lo que dará lugar a interponer una reclamación esta vez, por la vía judicial.
En el caso de que el SEPE de forma desfavorable, hay un plazo de 45 días para presentar nuevas alegaciones. Si tras presentar la nueva reclamación es denegada habrá un último plazo de 30 días. Si vuelve a ser denegada se entenderá desestimada y tan solo quedará reclamar el ERTE vía judicial.
Lo más leído
-
La Seguridad Social tiene prohibido revisar la incapacidad permanente a partir de esta edad
-
El país de Europa que aprobó la jornada laboral de 4 días en 2019 y que cinco años después la productividad ha aumentado
-
Así subirán las pensiones a partir de enero de 2025: jubilación, viudedad, incapacidad permanente y no contributivas
-
70 años y 43 años trabajando en la misma empresa sin poder jubilarse por la hipoteca: "la vida no debería de ser tan difícil"
-
Precio de la luz mañana, 23 de diciembre, por horas: cuándo es más barata y más cara
-
Trabajo lo confirma: los trabajadores tendrán derecho “a no ser localizables” fuera de su jornada y se prohíbe la comunicación por cualquier vía