Aquí te contamos todos los detalles y requisitos a cumplir para poder beneficiarse de esta ayuda económica que sin duda a muchas familias gallegas hará poder respirar más holgadamente. Esta ayuda pretende garantizar los recursos económicos a los más desfavorecidos y ayudarlos en el arduo camino de su vuelta al mundo laboral.
Requisitos:
- llevar empadronado al menos el último año en algún municipio gallego. Tener residencia legal, en el caso de ser extranjero.
- Tener entre 25 y 65 años de edad.
- Que los miembros de la unidad de convivencia no tengan derecho a obtener “ alimentos” de familiares de acuerdo con el Código Civil.
- No tener un ingreso en la unidad de convivencia que supere la cantidad que correspondiera percibir con esta ayuda y no tener bienes patrimoniales que puedan dar lugar a la obtención de ingresos para subsistir (como por ejemplo percibir un alquiler de algún local, etc).
Pero también hay excepciones en estos requisitos básicos, ¿cuáles?:
- Las personas entre 18 y 25 años de edad también tienen derecho a esta ayuda si tienen a su cargo a menores o personas con discapacidad.
- Las personas mayores de edad también podrán beneficiarse si son huérfanas de ambos progenitores y que antes de conseguir la mayoría de edad hubieran estado tutelados por la Xunta e internados en centros de protección de menores o en acogimiento familiar y las que tienen un grado de discapacidad igual o superior al 33% que no perciban ninguna ayuda por ello.
- Las víctimas de violencia de género que cambian su domicilio por seguridad.
- Respecto al requisito del tiempo mínimo de residencia en Galicia de 1 año, no se tendrá en cuenta en los siguientes casos: si son víctimas de violencia de género, si son emigrantes gallegos retornados cuando fijen su residencia en Galicia y también los nacidos en Galicia que residiendo en otras comunidades autónomas fijen su residencia en Galicia de nuevo.
¿Cuál es el importe de la Renta Mínima?:
- Será el 75% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (actualmente en 537,84 eur) , por lo que serían 399 eur al mes, importe que se irá incrementando un 12% adicional por el segundo miembro de la unidad familiar, un 10% mas por el tercer miembro y un 8% mas por los restantes miembros que conformen la unidad.
- Este límite podrá ascender hasta el 145% (importe de 718 eur al mes ) cuando la familia sea integrada por 7 o más miembros .
Cómo tramitar la solicitud de tu ayuda:
Deberás de presentarte personalmente en los Servicios Sociales del Ayuntamiento de tu población o preguntar en las Unidades de Atención Social de A Coruña, Lugo, Ourense o Pontevedra.
Lleva contigo fotocopia de DNI de todos los miembros que formen parte de la unidad de convivencia y el modelo de la solicitud cumplimentado que allí te darán o llevarlo relleno si te lo descargas en este enlace
Para agilizar el trámite también os recomendamos llevar en ese momento fotocopia compulsada del libro de familia y el original y si tienes alguno de estos casos también lleva el original junto a fotocopia compulsada ; certificado de minusvalía si lo tienes, resolución en caso de violencia de género o los documentos que acrediten los ingresos de las personas que conviven en el domicilio .
El tiempo medio de la resolución de tu ayuda ronda los 3 meses, pero no olvides preguntar allí mismo cuando la presentes cuanto tiempo tardarán en dártela.
Los pagos suelen hacerse sobre el día 10 del mes siguiente, como la prestación del paro.
Y lo bueno es que en cualquier momento puedes presentar tu solicitud, no hay ningún plazo estipulado.
Duración de la ayuda y Obligaciones.
A estas personas se les concederá la ayuda por un periodo de 12 meses.
Respecto a las obligaciones de los beneficiarios se establece :
- Destinar el importe de la ayuda recibida al fin para el que se concede.
- Participar activamente en las actividades que se estimen para la inserción en el mundo laboral del beneficiario.
- Comunicar cualquier situación que pueda producirse en el transcurso de la percepción de esta ayuda, que puedan dar lugar a la modificación, suspensión o extinción de la ayuda.
- Escolarizar a los menores que estén en la edad y garantizar su asistencia.
- No ejercer la mendicidad o prostitución.
Lo más leído
-
La Seguridad Social suspenderá la baja por incapacidad temporal si el trabajador rechaza o abandona el tratamiento sin justificación válida
-
Una indigente que pedía en la puerta de un supermercado gastó un euro en un billete de Bonoloto y ganó un premio de más de 1 millón de euros
-
Un hombre consigue jubilarse a los 58 años con una pensión de 2.856 euros después de que la Seguridad Social se la denegara inicialmente
-
Casa gratis, empleo fijo y sueldo superior a 1.600 euros: se buscan 99 personas en este pueblo con playa
-
Precio de la luz mañana, 26 de diciembre, por horas: cuándo es más barata y más cara
-
Una empleada que llevaba más de 30 años en El Corte Inglés es despedida sin indemnización por comer pasteles sin pagarlos: la justicia lo avala