El SEPE permitirá que el subsidio para mayores de 52 años sea compatible con un trabajo a partir de esta fecha

El SEPE tiene por ley la compatibilización con un empleo por seis meses cuando el sueldo a recibir sea inferior a 1.350 euros al mes.

Oficina de empleo del SEPE
Una oficina de empleo del SEPE Archivo
Isabel Gómez

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) está experimentando varios cambios tras la entrada en vigor del Real Decreto 2/2024, de 21 de mayo. Uno de ellos, el subsidio para mayores de 52 años, es de los menos modificados en los próximos meses. El Ministerio de Trabajo, con Yolanda Díaz a la cabeza, ha confirmado la posibilidad de compatibilizar estas ayudas asistenciales con un trabajo. Hay una fecha concreta para ello, que no corresponde con el 1 de noviembre, cuando entren muchas medidas en vigor; sino a partir del 1 de abril de 2025.

Esta fecha de noviembre es importante, ya que es cuando se introducirán varios cambios en los subsidios por desempleo: reducción del número de ayudas asistenciales, aumento de la cuantía y nueva duración de los mismos. También es bueno conocer que el SEPE elimina la compatibilidad de los subsidios parciales. Esta última opción desaparece.

Así, a partir de abril del próximo año, los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años no tendrán la posibilidad de compatibilizar la ayuda con un empleo a tiempo completo durante los seis primeros meses de actividad y sin pérdida de salario ni de prestación a través del Complemento de Incentivo al Empleo. Algo que sí podrían hacer el resto de desempleados menores de esa edad.

Requisitos para compatibilizar el subsidio por desempleo con un trabajo

Tal y como recoge dicha normativa, la compatibilidad de un empleo con el subsidio ocurrirá cuando el sueldo en ese nuevo trabajo no sea superior a los 1.350 euros. En caso de ser contratado con un sueldo superior, ya se suspenderá el cobro del subsidio y únicamente, se tendría derecho al salario de trabajo.

Además, la duración máxima no podrá ser superior a 180 días (seis meses). Con una cuantía a cobrar de 480 euros al mes (80% del IPREM), como máximo, tras agotar un año de subsidio. La cuantía se va reduciendo de forma progresiva hasta los 120 euros (20% del IPREM), dependiendo del trimestre de prestación en que se recibe, en el caso de los trabajos a jornada completa. Para quienes tengan un contrato a tiempo parcial, la ayuda oscilará entre 450 euros (el 75% del IPREM) y 30 euros (el 5%), dependiendo de las horas que realicen y del tiempo que llevan en paro.

Estos mismos requisitos afectan a los desempleados que cobren la prestación contributiva por desempleo (el paro) y los subsidios por desempleo que entran en vigor en noviembre: el destinado a personas con cotizaciones insuficientes, el subsidio por agotamiento del paro o el destinado a mujeres víctimas de violencia de género o sexual. No para el de mayores de 52 años.

¿Por qué esta medida no afecta al subsidio para mayores de 52 años?

Como recuerdan desde el SEPE, en el caso del subsidio para mayores de 52 años, las condiciones son diferentes, como ya eran actualmente. El perceptor ya puede hoy en día compatibilizar la ayuda con un trabajo a tiempo completo, indefinido o temporal, siempre que sea de más de tres meses de duración. Eso se mantiene.

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