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Multan con 7.500 euros a un agricultor de La Rioja por extraer agua ilegalmente para regar sus cultivos y alega que “toda la vida se ha cogido el agua del río”

Alegó que no había pruebas de que estuviera usando el agua, pese a que la Guardia Civil encontró tuberías de un kilómetro, aspersores y el terreno recién regado en época de sequía.

Agricultor regando
Agricultor regando |Gemini
Francisco Miralles
Fecha de actualización:
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El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha confirmado una sanción de 7.500 euros a un agricultor después de que la Confederación Hidrográfica del Ebro lo multara por derivar agua del río Tirón mediante un motor instalado en el cauce, sin tener ningún título administrativo que lo autorizase. El denunciado había negado el riego, argumentando que la sola presencia de los tubos no probaba la extracción del agua.

Las denuncias comenzaron en abril de 2023, interpuestas tanto por la Comunidad de Regantes como por el SEPRONA de la Guardia Civil. Los agentes comprobaron "in situ" la existencia de una instalación de tubos que conectaba parcelas sembradas en el término de Cuzcurrita de Río Tirón con un motor situado dentro del propio cauce del río. Una práctica que implicó obras ilegales, pues para colocar la motobomba se realizaron talas de arbolado y modificaciones en el suelo de la ribera. Además, la tubería se extendía paralela a un camino durante más de un kilómetro para llevar el agua a otras fincas.

En el expediente sancionador se aportaron reportajes fotográficos que evidenciaban la existencia de aspersores y tierra húmeda en parcelas recién regadas, sin que hubiera llovido en los días previos. De hecho, los agentes hicieron constar que el agricultor admitió inicialmente los hechos afirmando que "toda la vida se ha cogido el agua del río".

El agricultor alegó que no se llegó a extraer agua del dominio público

En su defensa, el recurrente, en sus alegaciones, trató de justificar su actuación negando la utilización del agua y la extensión regada. Explicó que, pese a la instalación de tubos para riego, estos no llegaron a extraer agua del dominio público hidráulico.

Por otro lado, explicó que existía una falta de proporcionalidad en la cuantía de la multa impuesta, por lo que pidió que en el caso de que lo sancionarán, la multa no fuera superior a los 500 euros.

Multa de 7.500 euros por el daño y la sequía

La Sala rechazó todas las alegaciones del agricultor y otorgó plena validez probatoria a la inspección de la Guardia Civil, que no fue desvirtuada por el denunciado. El tribunal considera que la acción del agricultor constituyó una infracción del artículo 116.3 b de la Ley de Aguas, tipificada como la derivación de agua de sus cauces sin la correspondiente concesión.

Aunque la infracción se calificó como leve, el tribunal justificó el mantenimiento de la multa en 7.500 euros (lejos del mínimo solicitado) atendiendo a las circunstancias agravantes. Se valoró especialmente la extensión regada sin autorización (más de 11 hectáreas), el daño ocasionado al dominio público hidráulico por la tala de árboles y que los hechos se produjeron en una época de sequía (de abril a agosto de 2023).

El tribunal desestimó el recurso y confirmó la multa de 7.500 euros, condenando además al agricultor al pago de las costas procesales con un límite de 1.000 euros.