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La nueva Ley Antitabaco lo confirma: Si un menor es multado con hasta 600 euros por consumir tabaco o vapear, sus padres o tutores responderán subsidiariamente del pago

En España la nueva reforma no solo prohíbe la venta a menores, sino también su consumo, y establece en el artículo 21 que los padres deberán "sufragar la cuantía pecuniaria" de la multa.

Una joven fumando
Una joven fumando |Pixabay
Francisco Miralles
Fecha de actualización:
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La nueva Ley Antitabaco ha incorporado una norma que afecta a los menores, pero especialmente y económicamente a los padres y eso que el consumo por parte de adolescentes ya no será solo una cuestión de salud pública y educativa, sino que tendrá consecuencias fiscales directas para las familias. Ahora, ¿qué ocurre si la policía sorprende a tu hijo fumando o vapeando en la calle? La respuesta es que “el menor comete la infracción, pero los padres pagan la factura”. Si esto sucede, la nueva normativa trata a los tutores como los responsables últimos de la sanción económica.

Esto es así debido a la propuesta de modificación del artículo 6 de la Ley 28/2005 (que se puede consultar en este PDF del ministerio de Sanidad) incluida en el nuevo Anteproyecto. Mientras que la ley actual se centra en prohibir la venta, el nuevo texto legal planea establecer explícitamente que “se prohíbe el consumo de productos del tabaco por personas menores de dieciocho años”. Al convertir este consumo en una infracción administrativa (tipificada como leve en el futuro artículo 19.2.f), la reforma activa un mecanismo de cobro que apunta directamente al entorno familiar.

Artículo 2 Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley 28/2005
Artículo 2 Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley 28/2005 | Sanidad

Así y como dice el Anteproyecto de Ley, ser menor de edad no exime del pago, al menos a los ojos de la Administración. Lo que ocurre es que, ante la insolvencia del menor, la ley ha blindado el cobro estableciendo que “responderán subsidiariamente los padres, madres, personas tutoras o guardadoras”.

Artículo 21 Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley 28/2005
Artículo 21 Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley 28/2005 | Sanidad

De esta forma, no importa que los padres desconocieran el hábito de su hijo; si la sanción se formaliza, el Fisco no la considera un asunto exclusivo del menor, sino una deuda que debe ser satisfecha por quienes ostentan su guarda.

Las consecuencias económicas de la “responsabilidad subsidiaria”

¿Qué implica esto en la práctica? Si un menor es sancionado, se considera una infracción leve. Ahora bien, la novedad radica en la redacción del artículo 21.3, que define específicamente en qué consiste esta responsabilidad para los padres que "consiste en sufragar la cuantía pecuniaria de la multa impuesta”.

En este escenario, los padres no pueden alegar desconocimiento para evitar el pago. La norma busca involucrar activamente a las familias en la prevención, pero lo hace a través de una medida coercitiva, que es tocando el bolsillo. Las multas por infracciones leves, según el artículo 20, pueden oscilar entre los 100 y los 600 euros, salvo los casos aislados de fumar en lugares prohibidos que se quedan en el tramo inferior.

Sanciones Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley 28/2005
Sanciones Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley 28/2005 | Sanidad

Ahora bien, hay que saber que esta medida se aplica tanto al tabaco tradicional como a los “productos relacionados” (vapers, cigarrillos electrónicos, entre otros), cuyo consumo también ha quedado vetado para los menores de edad en la nueva redacción.

Un caso práctico sobre una multa a un menor

Para entenderlo mejor, pongamos este ejemplo práctico, en el que el hijo de María, de 16 años, es sorprendido por la autoridad consumiendo un cigarrillo electrónico en un parque. Hasta ahora, la situación solía resolverse con una advertencia y la incautación del producto. Sin embargo, con la nueva ley en la mano, el agente tramita la denuncia basándose en el incumplimiento del artículo 6.

El problema para María es que su hijo no tiene ingresos ni patrimonio. Así, al tramitarse el expediente sancionador por el artículo 21.3, la administración lo notificará, exigiéndole el abono a Maria, ya que es su madre, tutora legal y responsable subsidiaria. Esta madre no cometió la infracción, pero la tendrá que pagar igualmente al ser cuyo importe puede llegar hasta los 600 euros.

¿Qué busca la norma con este cambio?

En el caso contrario, si la ley se hubiera limitado a prohibir la venta, la responsabilidad recaería únicamente en el estanquero o comerciante que suministró el producto. Pero, al prohibir el “consumo”, Sanidad ha ampliado el foco de responsabilidad, recayendo en los padres.

Según el texto legal, esta medida tiene el fin de “intensificar la protección de la salud de la infancia y adolescencia”. Su finalidad es disuasoria, buscando que la prevención del tabaquismo sea una prioridad en el hogar, aunque para ello se utilice la amenaza de una sanción económica que, al final del día, acabarán pagando los adultos responsables.