La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado con 413,2 millones de euros a Booking por abusar de su posición de dominio e infringir el artículo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia así como el 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Se trata de la mayor sanción impuesta por este organismo en toda su historia.
Tal como ha dado a conocer la propia Comisión en un comunicado, esta sanción se ha producido específicamente por posicionar mejor a los hoteles con más reservas en Booking.com, impidiendo a otras agencias online entrar en el mercado o expandirse. En este sentido, la multa se ha impuesto por el reconocimiento de dos infracciones de 206,6 millones de euros cada una.
“La compañía ha cometido dos abusos de su posición de dominio desde, al menos, el 1 de enero de 2019 hasta la actualidad al imponer varias condiciones comerciales no equitativas a los hoteles situados en España que emplean sus servicios de intermediación de reservas y restringir la competencia de otras agencias de viajes en línea que ofrecen sus mismos servicios”, han señalado desde la CNMC.
Condiciones comerciales no equitativas
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) señala que, entre las condiciones comerciales no equitativas realizas por Booking, se encuentra el establecimiento de una cláusula de precios “que impide ofertar sus habitaciones en sus propias webs por debajo del precio que ofertan en Booking.com, a la vez que Booking.com se reserva el derecho a rebajar unilateralmente el precio que los hoteles ofertan a través de la web o aplicación de Booking”.
También la falta de transparencia en la información sobre el impacto y rentabilidad de suscribirse a los programas Preferente, Preferente Plus y Genius, que “permiten a los hoteles que los suscriban mejorar su posicionamiento en la clasificación predeterminada de resultados de Booking.com, a cambio de una comisión más alta o de ofrecer descuentos en la habitación más vendida o en la más barata que el hotel tenga en Booking.com”.
Imposición de “obligaciones de comportamiento”
Además, la CNMC ha impuesto a Booking varias obligaciones de comportamiento “para garantizar que ni las conductas que dieron lugar a las infracciones, ni otras que puedan producir un efecto equivalente, prosigan en el futuro”. Contra esta resolución, la multinacional de viajes puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, para lo que tendría un plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.
Por último, cabe recordar que fue en 2021 la Asociación Española de Directores de Hotel y la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid denunciaron a Booking por abusar de su posición de dominio. En octubre de 2022, la CNMC inició un expediente sancionador, acreditando ahora que la compañía realizó todas las prácticas anticompetitivas mencionadas anteriormente y abusó de su posición de dominio.
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