Las oposiciones a Policía Local permiten estabilidad laboral por tratarse de funcionarios públicos, con grandes beneficios como sueldos fijos mensuales. Aquí puedes encontrar toda la información necesaria (requisitos, temario, pruebas, sueldo…) para conseguir una plaza y formar parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
¿Qué tengo que hacer para ser Policía local?
Para presentarse a las oposiciones a Policía local hay que reunir una serie de requisitos concretos, que la diferencian de otras Fuerzas y Cuerpos de seguridad en España como es el caso de la Policía Nacional o la Guardia Civil, ya que cada ayuntamiento dispone de una legislación específica de las entidades locales. Por eso hablamos de unas oposiciones de carácter local o municipal, no de convocatorias generales. Aunque caya ayuntamiento puede incluir otras condiciones, existen requisitos generales que se deben de cumploir en todas las comunidades autónomas.
Requisitos Oposiciones Policía Local
- Tener la nacionalidad española.
- Tener 18 años de edad y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa, en general 65 años.
- Estar en posesión del título de Bachillerato o equivalente. Dentro de los certificados equivalentes está el Grado Medio de Formación Profesional y la Prueba de Acceso a la Universidad para Mayores de 25 años.
- Cumplir, generalmente, una estatura mínima de 1.60 para las mujeres y de 1.65 para los hombres. En la Policía Nacional se ha excluido este requisito, por lo que se espera que con la Policía Local ocurra lo mismo.
- Contar con los permisos B, A o A2, aunque no lo solicitan en todas las convocatorias. En estos casos cuenta como mérito del concurso-oposición.
- No haber sido separado con expediente disciplinario del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las instituciones locales.
- Compromiso de portar armas y de su utilización.
- No contar con antecedentes penales.
- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones. En cada convocoatoria hay que revisar el cuadro de exclusiones médicas.
- Pagar las tasas que dan derecho a examen.
Segunda lengua oficial
También es importante destacar que en las comunidades autónomas con segunda lengua oficial, como es el caso de la Comunidad Valenciana, Cataluña o el País Vasco, es probable que puedan solicitar la acreaditación de dicha lengua con el nivel exigido en las bases de la convocatoria. Otra opción que se podría exigir es pasar una prueba de nivel.
Proceso de selección para ser Policía Local
El proceso de selección de las oposiciones a Policía Local consta de cuatro ejercicios obligatorios que hay que superar, tratándose de pruebas eliminatorias. Son las siguientes:
- Pruebas físicas: Se evaluará la fuerza, velocidad, resistencia, tiempo de reacción, flexibilidad o agilidad. En caso de no superarlas, automáticamente se pasa a ser "NO APTO".
- Prueba teórica: examen de 100 preguntas tipo test (con tres respuestas alternativas y solo una respuesta válida) y resolución de un caso práctico (situación hipotética sobre la labor policial y cómo se debería actuar en ella). Ambos exámenes relacionados con el temario.
- Prueba de aptitud psicotécnica: se evalúan los niveles de capacidad intelectual general, como el razonamiento abstracto y el verbal, la estabilidad emocional, la iniciativa personal, la responsabilidad, la sociabilidad y la colaboración del candidato. Se trata de tests y entrevistas personales.
- Examen médico: realización de pruebas médicas para ver si se puede desempeñar el puesto.
Pruebas físicas de las oposiciones a Policía local
Las pruebas físicas que se deben superra se indican en las bases de la convocatoria, avisando de que en todos los casos serán de carácter eliminatorio, clasificándose como "Apto o no apto". De ese modo, el jurado califica cada ejercicio con una puntuación de 0 a 8 puntos, donde en el caso de obtener un 0 en alguna prueba se pasa a estar automáticamente eliminado del proceso selectivo. Estas son las pruebas comunes que suelen encontrarse en todas las convocatorias:
Ejercicio de resistencia de 1.000 metros
Colocados detrás de la línea de salida, de pie o agachado, recorrer un kilómetro de distancia (1.000 metros) al escuchar el pitido. Solo se puede hacer una vez y esta suele ser su puntuación general:
Resistencia hombres | Resistencia mujeres | ||
A partir de 3´51” | 0 puntos | A partir de 4´30” | 0 puntos |
De 3´46” a 3´50” | 3 puntos | De 4´25” a 4´29” | 3 puntos |
De 3´41” a 3´45” | 4 puntos | De 4´20” a 4´24” | 4 puntos |
De 3´36” a 3´40” | 5 puntos | De 4´15” a 4´19” | 5 puntos |
De 3´31” a 3´35” | 6 puntos | De 4´10” a 4´14” | 6 puntos |
De 3´26” a 3´30” | 7 puntos | De 4´05” a 4´09” | 7 puntos |
Hasta 3´25” | 8 puntos | Hasta 4´04” | 8 puntos |
Ejercicio de velocidad de 50 metros
Realizar un recorrido de 50 o 100 metros en pista a la mayor velocidad que se pueda. Solo se puede hacer una vez, siendo esta la puntuación estándar:
Velocidad hombres | Velocidad mujeres | ||
A partir de 7”7 décimas | 0 puntos | A partir de 8”7 décimas | 0 puntos |
7”6 décimas | 3 puntos | 8”6 décimas | 3 puntos |
7”5 décimas | 4 puntos | 8”5 décimas | 4 puntos |
7”4 décimas | 5 puntos | 8”4 décimas | 5 puntos |
7”3 décimas | 6 puntos | 8”3 décimas | 6 puntos |
7”2 décimas | 7 puntos | 8”2 décimas | 7 puntos |
Menos de 7”1 décimas | 8 puntos | Menos de 8”1 décimas | 8 puntos |
Ejercicio de salto de longitud
Con los pies juntos, se tendrá dos intentos para realizar un salto de longitud que supere un mínimo de 2,10 metros para hombres y 1,80 para mujeres. Esta es la puntuación habitual:
Salto hombres | Salto mujeres | ||
Hasta 2,10 m | 0 puntos | Hasta 1,80 m | 0 puntos |
De 2,11 m a 2,15 m | 3 puntos | De 1,81 m a 1,85 m | 3 puntos |
De 2,16 m a 2,20 m | 4 puntos | De 1,86 m a 1,90 m | 4 puntos |
De 2,21 m a 2,25 m | 5 puntos | De1,91 m a 1,95 m | 5 puntos |
De 2,26 m a 2,30 m | 6 puntos | De 1,96 m a 2,00 m | 6 puntos |
De 2,31 m a 2,35 m | 7 puntos | De 2,01 m a 2,05 m | 7 puntos |
A partir de 2,36 m | 8 puntos | A partir de 2,06 m | 8 puntos |
Ejercicio de dominadas
El opositor, colcoado justo debajo de una barra horizontal, debe suspender su peso en el aire. Desde la posición de suspensión con total extensión de brazos, se tiene que realizar varias dominadas donde la barbilla tiene que aparecer por encima de la barra para que cuente. Esta suele ser su puntuación estándar:
Dominadas hombres | Dominadas mujeres | ||
5 dominadas | 0 puntos | 2 dominadas | 0 puntos |
6 dominadas | 3 puntos | 3 dominadas | 3 puntos |
7 dominadas | 4 puntos | 4 dominadas | 4 puntos |
8 dominadas | 5 puntos | 5 dominadas | 5 puntos |
9 dominadas | 6 puntos | 6 dominadas | 6 puntos |
10 dominadas | 7 puntos | 7 dominadas | 7 puntos |
11 dominadas | 8 puntos | 8 dominadas | 8 puntos |
Ejercicio de natación
Consiste en nadar una distancia de 25 o 50 metros en una piscina con estilo libre. A tener en cuenta es que al realizar la salida no se puede desplazar más de 10 metros en inmersión. Por lo general, esta suele ser su puntuación:
Natación hombres | Natación mujeres | ||
Desde 52 segundos | 0 puntos | Desde 60 segundos | 0 puntos |
50 segundos | 3 puntos | 57 segundos | 3 puntos |
49 segundos | 4 puntos | 56 segundos | 4 puntos |
48 segundos | 5 puntos | 55 segundos | 5 puntos |
47 segundos | 6 puntos | 54 segundos | 6 puntos |
46 segundos | 7 puntos | 53 segundos | 7 puntos |
Hasta 45 segundos | 8 puntos | 52 segundos | 8 puntos |
Otras pruebas específicas que, con menos frecuencia, pueden aparecer son un ejercicio de press de banca, abdominales en un minuto, pruebas de flexibilidad, trepar por una cuerda o levantamiento de peso por encima de la cabeza.
Temario de las oposiciones a Policía local
El temario de las oposiciones a Policía Local puede variar dependiendo de la administración local, aunque existen materias comunes. Sin embargo, puede darse el caso que en una oposición comprimen los epígrafes o los desarrollen más, como es el caso de la Constitución Española de 1978, que aunque en ocasiones se presenta al completo, a veces puede aparecer subdividida por títulos.
Materias comunes
- Constitución Española de 1978 Principios Generales: La Reforma Constitucional.
- Ley 40/2015, del Régimen Jurídico del Sector Público
- Estatuto de Autonomía de la comunidad a la que se presente
- Ley 50/1997, del Gobierno
- Unión Europea
- Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- Normativa básica sobre régimen local
- Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Función pública
- Especialidades del régimen del personal de la Policía Local. Formación, selección, promoción y movilidad. Derechos y deberes. Régimen disciplinario.
Materias específicas
Dentro de las materias concretas se incluyen aquellos temas más directamente relacionados con las funciones y el puesto de Policía Local en cada CCAA:
- La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- Las Policías de las Comunidades Autónomas. Colaboración y coordinación entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Competencias de las Comunidades Autónomas sobre las Policías Locales
- La Policía Local. Funciones. Las Juntas Locales de Seguridad.
- La Policía Judicial. La actuación de la Policía Local como Policía Judicial: el atestado, la detención, el hábeas corpus, el depósito de detenidos y la asistencia letrada al detenido.
- La Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana.
- Legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
- El homicidio y sus formas. Las lesiones. Delitos contra la libertad. Las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Delitos contra la libertad sexual. Omisión del deber de socorro.
- Las falsedades. Delitos contra la seguridad colectiva y contra la Administración Pública.
- Delitos contra la Constitución y contra el orden público, contra el honor y contra las relaciones familiares.
- Conceptos básicos en drogodependencias. Clasificación de las diferentes drogas.
- Delitos contra la intimidad, la propia imagen y a la inviolabilidad del domicilio.
Oposiciones Policía Local: preguntas frecuentes
¿Me puedo presentar a los 40 años?
Es posible presentarse a la convocatoria para Policía local habiendo superado los 40 años de edad, tal y como se ha señalado en el apartado de requisitos para Policía Local. Los interesados se podrán presentar siempre que hayan cumplido la edad mínima legal, establecida en 18 años, y no hayan superado la edad máxima de jubilación, generalmente establecida en los 65 años.
Así lo indica el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el que se establece en el artículo 56.1, referido a los Requisitos generales y concretamente en el apartado c), que para poder participar en los procesos selectivos será necesario tener cumplidos los dieciséis años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.
¿Qué funciones desarrolla un Policía local?
Los agentes de las policías locales tienen que ejercer diversas tareas y funciones, entre las que destacan:
- Protección y apoyo a la ciudadanía.
- Prevención de actos delictivos.
- Vigilancia de los espacios públicos, especialmente en aquellos que son más concurridos.
- Garantizar el orden y la seguridad en actos públicos.
- Protección de las autoridades locales.
- Vigilancia de edificios e instalaciones gubernamentales.
- Dirigir el tráfico en cascos urbanos de acuerdo a las normas de circulación.
- Cooperar con la resolución de conflictos privados si fuera necesario.
- Participar en acciones conjuntas con otras fuerzas de seguridad nacional.
¿Se necesita bachiller para policía local?
No necesariamente. Se necesita el título de bachiller o equivalente. Dentro de los certificados que se consideran como títulos equivalentes al Bachiller, está el Grado Medio de Formación Profesional y la Prueba de Acceso a la Universidad para Mayores de 25 años.
¿Cuánto tiempo se tarda en sacar la oposición de Policía Local?
No se puede hablar de un tiempo concreto, ya que depende de las capacidades, organización y tiempo dedicado de cada candidato a preparar las oposiciones a Policía Local. Como norma general se establece un tiempo de uno o dos años para garantizar superar las pruebas.
¿Cuándo salen las próximas oposiciones a Policía Local?
Las convocatorias de oposiciones a Policía Local se publican en las páginas web de los ayuntamientos convocantes, por lo que los interesados tendrán que estar atendos a los boletines públicos. Para ello se puede recurrir a buscadores de empleo público o a la suscripción de estos boletines, disponible en la mayoría de administraciones locales. Una vez que se aprueba una convocatoria, pasa a publciarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
¿Cuál es el sueldo de un Policía local?
El salario de un Policía Local puede variar en función de la localidad donde se ejerza el puesto, puesto que son las corporaciones municipales las que deciden los pluses, la escala y los complementos que se van sumando a la nómina. Una vez hecha esta aclaración, el salario medio de un Policía Local oscila entre los 1.700 euros y los 2.300 euros al mes. Además, esta retribución económica mensual puede verse aumentada por años de antigüedad, índice de peligrosidad o complementos variables en función del tamaño del municipio.
Ventajas de ser Policía Local
El salario de Policía Local se percibe en 14 pagas al año más complemento por trienios aparte, es decir, aumentos salariales del 5% aproximadamente por cada tres años de servicio. Además, se dispondrá de 40 días libres al año, repartidos en 30 días de vacaciones y otros 10 días de asuntos propios.
También existen posibilidades de excedencia voluntaria por intereses particulares, una vez se hayan prestado servicios efectivos de al menos 5 años inmediatamente anteriores, así como posibilidades de promoción interna a partir del primer año con plazas reservadas. Hay que señalar que el Cuerpo de la Policía Local se divide en ters escalas:
- Escala ejecutiva: categorías de agente y oficial.
- Escala técnica: categorías de inspector y subinspector.
- Escala Superior: categorías de superintendente, intendente y mayor.
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