Este lunes, 22 de diciembre, se celebra el Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad. Uno de los eventos más seguidos y esperados del año donde millones de españoles sueñan con llevarse el Gordo, el primer premio con el que se ganan 400.000 euros por décimo (328.000 euros si se le quita las retenciones de Hacienda). Ahora bien, en caso de resultar ganador, se puede pasar de la alegría si el décimo es compartido y no se documentó de forma previa.
Así lo ha avisado el asesor fiscal Juan Ramón López: “Si compartes lotería, haz esto inmediatamente porque si no te pueden fundir a impuestos”. Especialmente porque, en la Lotería de Navidad, al igual que en la del Niño, es muy común compartir décimos con familiares, amigos e incluso compañeros de trabajo. Sin embargo, lo que no es común, y es importante para evitar problemas, es dejar constancia de que el décimo es compartido.
Y ojo, porque para este asesor, no vale con apuntar los nombres detrás del décimo: “Hay gente que dice que apunta los nombres y los DNI detrás del décimo. A mí personalmente no me acaba de gustar porque se puede deteriorar el décimo. Por eso para mí lo ideal es que cojáis un documento en el que se refleje el décimo que jugáis”. En este, hay que especificar “los participantes con nombre, apellidos y participación muy importante del premio si tocase y luego las firmas de todos”.
Por último, “y lo más importante”, es que este documento, una vez firmado, se mande por WhatsApp, correo electrónico o “por cualquier medio de prueba válido, pero sobre todo antes de que se celebre el sorteo”. De ese modo, sí que se evita cualquier tipo de problema, incluso un posible requerimiento de la Agencia Tributaria.
“Te pueden decir, que ese premio que has recibido realmente es una donación”
Para explicar por qué se debe tomar esta precaución, este asesor fiscal lo explica con un ejemplo común: una madre que compra un décimo de lotería, le toca y lo quiere compartir con su hijo. “Esta madre no ha hecho ningún tipo de documento con la participación de cada uno ni nada. ¿Qué pasa? Que dirá, “bueno, vamos a cobrarlo los dos, vamos al banco y ya está”. Perfecto. Lo vais a cobrar, no va a haber ningún problema ahí. Pero imagínate que de aquí a un año o dos, la Agencia Tributaria le manda un requerimiento al hijo y le dice, ‘Oye, justifícame que realmente ese décimo de lotería era compartido con tu madre’”, expone.
En este escenario, José Ramón López señala que, de tener el documento que ha recomendado, y que se mandó por correo electrónico o WhatsApp antes del sorteo, “simplemente le contestarías con eso y listo. Se acabó el problema”. En cambio, en caso de no tenerlo, indica que, como a Hacienda “le dé por buscarte las cosquillas, que te las encuentran” pueden considerar que realmente no has acreditado que ese décimo de lotería era compartido antes del sorteo.
“Te pueden decir, ‘ese premio era de tu madre y lo que tú has recibido realmente es una donación’. Donación que tiene que tributar. Es decir, pagarías los impuestos del premio y, luego, además, te tocaría pagar los impuestos como si fuese una donación”, aclara, insistiendo en que, aunque puede parecer difícil que pase, no es imposible. “Por eso, yo si puedo evitar cualquier tipo de problema, lo evito”, concluye.