Llegan las fiestas de Navidad, los regalos, las compras…y los gastos. ¿Cuánto se puede pagar en efectivo? Una pregunta tan poco formulada como relevante, ya que no es que no exista límite. Lo hay, y de rebasarlo, se puede llegar a incurrir en una infracción castigada con multa, tanto para el pagador como el cobrador según la Agencia Tributaria.
En su intención de redoblar la lucha contra el fraude fiscal, el Gobierno de España a través del Ministerio de Hacienda aprobó el pasado 11 de julio la Ley Antifraude. En ella, además de regular aspectos novedosos como las criptomonedas o la cantidad legal que se puede retirar del cajero, también reduce la cantidad con la que se puede pagar en efectivo.
“A finales de 2012 se prohibieron los pagos en efectivo de operaciones por un importe igual o superior a 2.500 euros, con la única excepción de los pagos entre particulares y los realizados en entidades financieras”. Ese límite ahora se ha rebajado aún más, hasta los 1.000 euros, o su contravalor en moneda extranjera. Esa es la cantidad máxima que se puede pagar en efectivo, método de pago que se quiere reducir al máximo.
Pago máximo en efectivo: ¿afecta a todos?
Este límite de pago en efectivo topado en 1.000 euros estará vigente siempre que una de las partes actúe en rol de empresario o profesional. De no ser así, y que el pagador sea una persona física con domicilio fiscal fuera de España y el cobrador no actúe como empresario o profesional, ese tope aumentaría hasta los 10.000 euros.
También se recalca que el límite se aplica a la generalidad de la operación y no al pago en sí. Dicho de otro modo, no se puede fraccionar. Si el total del pago son 1.200 euros y se abonan 300 a través de transferencia, sería ilegal. Dentro de esta argucia, por tanto, tampoco estaría permitido doblar varias facturas de un mismo trabajo para tratar de no rebasar un límite que sí se haría en su globalidad.
Sin embargo, el Banco de España excluye de esta medida a los pagos e ingresos realizados en “entidades de crédito, entidades de pago y a operaciones de cambio de moneda en efectivo realizados en establecimientos de cambio de moneda abiertos al público”.
¿Qué se entiende por pago en efectivo?
Según el Banco de España, monedas, billetes…pero también los cheques al portador, y una puntualización clave: “cualquier otro medio de pago en el que no se identifique a los intervinientes”.
El método de fraccionar los pagos para utilizar varios métodos también entraría en el cauce del pago en efectivo, aunque una parte se haya realizado mediante transferencia.
Pago máximo en efectivo: ¿cuáles son las multas?
Tanto pagador como cobrador, en caso de superar el límite de 1.000 euros en cualquiera de los supuestos mencionados anteriormente en el que incurrirían en infracción, se exponen a una sanción mínima de 250 euros. Del 25% de la cantidad pagada en efectivo de toda operación que iguale o supere el importe de los 1.000 euros.
No obstante, si una de las partes decide interponer denuncia ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en un plazo de tres meses desde la efectuación de esa operación ilegal, identificando el importe y la identidad, el denunciante quedará excluido de responsabilidad.
Por ello, se aconseja guardar aquellos justificantes de pago de las operaciones que superen los límites establecidos “durante el plazo de cinco años desde la fecha de la operación”.
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