Poco le ha durado la alegría a los contribuyentes que están pendientes de vender una vivienda. El Ministerio de Hacienda y Economía que dirige María Jesús Montero ha elaborado un nuevo impuesto de plusvalía que se debatirá en la mañana de hoy lunes, 8 noviembre, en el Consejo de Ministros que se celebrará esta mañana en Moncloa.
Todo esto llega después de que el Tribunal Constitucional (TC) anulara este impuesto de plusvalía tras calificarlo de inconstitucional. Una medida que afectó a las arcas de los ayuntamientos que dejaron de recibir el segundo mayor ingreso de estas instituciones municipales. Y es que, en los últimos 5 años, estas entidades públicas han recaudado unos 2.500 millones de euros a sus arcas mediante la exigencia de este impuesto.
Ante esta decisión del Tribunal, la ministra de Hacienda ha elaborado un nuevo impuesto que se aprobará por parte del Consejo de Ministros bajo el nombre “tributo de plusvalía municipal”. Por lo que deja atrás su antiguo calificativo, como era el de “tributo sobre el incremento de los terrenos urbanos” y, además, se divide en dos posibles sectores que podrán elegir los ciudadanos que vayan a vender un inmueble.
El nuevo impuesto de plusvalía se divide en dos frentes
Este nuevo tributo de plusvalía municipal sobre la venta de vivienda que ha elaborado el Ministerio de Hacienda se divide en dos vertientes diferentes. En ambas, el contribuyente y vendedor del inmueble será quien deba abonar esta cuantía al Ayuntamiento correspondiente, por lo que, lejos de “librarse” de dicho impuesto, el Gobierno de España ha elaborado una nueva medida para que éste siga en pie.
Todo ello pese a que la justicia española lo tachó de inconstitucional y decidió anularlo hace algunas semanas. Esto supuso un duro golpe tanto a las instituciones locales como al ejecutivo nacional, por lo que ahora se debate la aprobación de ésta nueva modalidad para que sean los ciudadanos quienes vuelvan a pagar este tributo a los consistorios y a Hacienda.
Hay que destacar que, a diferencia del antiguo impuesto sobre el incremento de los terrenos urbanos, este impuesto de plusvalía se divide en dos vertientes de pago diferentes. Por un lado se encuentra la posibilidad de pagar el valor catastral de la vivienda una vez se oficializa el traspaso, mientras que, por otro, también se puede abonar la diferencia entre la venta y la compra del inmueble. Esto dependerá del método por el que quiera optar el vendedor de la vivienda en cuestión.
Valor catastral con el traspaso de la vivienda
En primer lugar cabe destacar que se mantendrá la posibilidad de que el contribuyente haga el cálculo de este impuesto mediante el valor catastral que se dé con el traspaso de la vivienda. Hay que recordar que este “valor catastral” es aquella valoración que la Dirección General de Catastro realiza sobre la vivienda y que depende, de manera directa, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Diferencia entre la venta y la compra del traspaso de la vivienda
Por otro lado, los vendedores particulares también tendrán la opción de poder pagar la diferencia entre el precio de venta y compra del traspaso de la vivienda. Esto es, si, por ejemplo, el valor del inmueble es de 100.000 euros, pero, finalmente, es vendido por 120.000 euros al nuevo propietario, el vendedor deberá pagar a Hacienda un total de 20.000 euros, siendo esta la diferencia entre ambos precios para igualarlo.
El Ministerio de Hacienda asegura que quiere evitar pérdidas
Para tratar de defender este nuevo impuesto de plusvalía, la ministra de Hacienda y Economía, María Jesús Montero, ha asegurado que, con esta medida, se “garantiza que nadie haga una venta a pérdidas tendrá que pagar este impuesto”. Por lo que, según asegura el ejecutivo, si el vendedor traspasa la vivienda por debajo de su valor quedará libre de tener que abonar este nuevo impuesto de plusvalía. Algo que solo quedará impuesto para aquellos que vendan el inmueble por un precio superior al que marca la Dirección General de Catastro.
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