Hacienda vigila los movimientos de dinero en España para evitar el fraude fiscal y entre estos movimientos presta especial atención las operaciones que se hacen con dinero en efectivo. Esto suele genera ciertas dudas como, por ejemplo, ¿cuánto puede pagarse en metálico?, ¿en qué operaciones aplica el límite?, ¿qué pasa si se combina efectivo y transferencia?
La notaria María Cristina Clemente aclara que la clave está en distinguir quién interviene en la operación. En sus palabras, la normativa establece que “la limitación de pagos en efectivo no se aplica a las operaciones entre particulares”, ya que únicamente afecta cuando una de las partes actúa como empresario o profesional.
Estos límites vienen recogidos en el artículo 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, y son de 1.000 euros si alguna de las partes que interviene en la operación en un empresario o profesional o de 10.000 euros en el caso de que la persona que paga no tenga su domicilio en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.
Un límite estricto de 1.000 euros por operación
Cuando interviene un autónomo o una empresa, Clemente recuerda que “el límite es de 1.000 euros por operación”. Esto implica que, si una factura supera ese importe, no es posible pagar una parte en metálico y otra mediante transferencia. La notaria explica que Hacienda no admite estas combinaciones porque “procederá a la suma de todos ellos hasta comprobar si se supera o no el límite indicado”.
Es decir, si una reparación cuesta 1.500 euros, no se pueden pagar 1.000 en efectivo y 500 por transferencia, ni fraccionar el pago en varios importes más pequeños.
Clemente matiza que la situación cambia cuando un profesional presta distintos servicios durante el año, cada uno facturado de forma independiente. En estos casos, “si cada uno es inferior a 1.000 euros se factura por separado, pueden satisfacerse en efectivo”. La condición es que las operaciones sean realmente distintas y no un único servicio camuflado en varias facturas.
Multas de más de 2.500 euros por superar los límites de Hacienda al realizar pagos en efectivo
Según la Ley 7/2012, de 29 de octubre, serán infractores tanto las personas que paguen como las que reciban el dinero en efectivo, incumpliendo la limitación establecida.
En el caso de que la infracción que se cometa se considere grave, según la normativa, la multa será del 25% de la cantidad defraudada, por lo que las multas partirían de los 250 euros, y o superar los 2.500 euros si se supera el límite de los 10.000 euros.