Las donaciones y las herencias y los respectivos impuestos que los gravan están en primera línea de debate. Las primeras, de hecho, se están imponiendo a las segundas con tal de reducir el dinero a pagar para que el Estado reconozca al legítimo nuevo dueño. La gran diferencia entre ambos radica en el hecho de que las donaciones se tratan de una transmisión de bienes y derechos inter vivos, en vida de los interesados.
En algunos casos, además, se realizan con un fin de eficiencia fiscal. Sobre todo en algunas comunidades autónomas en las que, por el momento, las donaciones están bonificadas, como sucede en la Comunidad de Madrid, que se mantienen como una de las regiones con los impuestos más bajos de sucesiones y donaciones. Este, junto al impuesto de plusvalía municipal, son los gravámenes en estas situaciones. Aunque dependerá de lo que se done.
Es, por tanto, y tal y como indica ‘DLM Abogados y Asesores Tributarios’, un buen momento para donar, antes de que ese escenario fiscal beneficioso cambie. Desde el punto de vista tributario puede pagar impuestos no solo quien la recibe, llamado donatario, si no también quien la realiza, llamado donante. A diferencia de la sucesión, donde la persona fallecida no tributa.
¿Quién y qué impuestos que se pagan en una donación?
Es necesario tener en cuenta que cada autonomía tiene su propio régimen de tributación para las donaciones, habiendo importantes diferencias entre la Comunidad de Madrid y Cataluña. De esta manera, el primer aspecto a tener en cuenta para realizar una donación. Se recomienda, entonces, tener un experto en la materia que nos explique y calcule la tributación existente y cómo acogerse a los beneficios fiscales para determinadas donaciones.
Donante
Si el valor de transmisión del inmueble que se transmite supera al valor por el que se ha adquirido, y el donante, el que transfiere, debe tributar en el IRPF. Pero hay una excepción: si el donante no es mayor de 65 años y es su inmueble habitual.
Donatario
El que recibe ese inmueble (o bien) deberá pagar, en un plazo máximo de 30 días de que se produce la firma ante notario, una cantidad en concepto de impuesto de sucesiones y donaciones variará dependiendo de la comunidad autónoma donde viva el donatario o esté ese bien. Si es entre familiares directos, suelen existir bonificaciones.
Además, en el caso del donatario, también se deberá abonar el pago de la plusvalía municipal, también llamado el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana. A finales de 2021, el Tribunal Constitucional determinó como “inconstitucional” este gravamen si se acredita la transmisión de un inmueble con pérdidas, a pesar de que el valor catastral de la vivienda hubiera crecido. Asimismo, también declaró así su cálculo, que acababa siempre tocando a pagar. Hay que recordar que, en el caso de que se trate de una venta, este impuesto.
Impuestos en la donación de dinero
En este caso, no paga impuestos quien recibe la donación, pero sí quien la recibe. Aquí es fundamental determinar la residencia fiscal de la persona que recibe la donación, ya que determina la normativa que resulte de aplicación. Ello, a su vez, va a establecer que se paguen más o menos impuestos.
Además, tratándose exclusivamente de dinero en efectivo, el donante no tendrá que declararla en el IRPF al no producirse variación de su patrimonio ni la operación le ha supuesto ninguna ganancia.
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