El SEPE aclara si el subsidio para mayores de 52 años tiene paga extra

El SEPE tiene establecido una normativa sobre las pagas extra del subsidio para mayores de 52 años.

¿Tiene pagas extra el subsidio para mayores de 52 años?
Subsidio para mayores 52 años
Diego Fernández

El subsidio para los desempleados que tengan más de 52 años y que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tiene una serie de características que lo hacen único. Una de ellas es que es el subsidio por desempleo del SEPE más largo en el tiempo, ya que se puede cobrar hasta alcanzar la edad de jubilación, pero, ¿tendrá paga extraordinaria? La administración pública aclara los motivos. 

Esta prestación para personas mayores de 52 años no tiene paga extra a diferencia que puede ocurrir con algunas de las pensiones que concede, en este caso, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Un hecho que tiene su por qué, ya que el propio Servicio Público de Empleo Estatal tiene establecida una norma por la que no se abona una cuantía extraordinaria. 

Hay que recordar que se trata de un subsidio que tiene una cuantía de 451,92 euros al mes actualmente. Aunque esta cantidad de dinero que se cobra cambiará a partir del próximo mes de enero de 2022, ya que, con la aprobación definitiva de los Presupuestos Generales del Estado (PGE), el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) crece. Con ello también subirán las cuantías de los subsidios, pasando a cobrar una ayuda de 463,20 euros al mes.

¿Por qué no tiene pagas extra este subsidio para mayores de 52 años?

El Servicio Público de Empleo Estatal asegura que el subsidio para desempleados mayores de 52 años no tiene una paga extra ni en junio ni en noviembre. Esto se debe a que la administración nacional de empleo tiene marcado una normativa en la que asegura que ningún tipo de prestación, ya sea contributiva o no contributiva, tiene derecho a recibir una segunda paga extraordinaria. Por lo que el desempleado solo cobrará 12 pagas al año de 451,92 euros al mes, en lugar de 14 pagas. 

Por ello, se establece que ninguna ayuda que ofrece el SEPE cuenta con una paga extraordinaria. Todo lo contrario que ocurre con las pensiones que concede el Instituto Nacional de la Seguridad Social, en las que, en casi todos los casos, sí se paga una segunda paga extra dos veces al año, coincidiendo con la paga de verano en junio y la de Navidad a finales de noviembre.

¿Qué ayuda si se puede complementar con el subsidio para mayores de 52 años?

Pese a que no se obtiene una paga extra, al subsidio para desempleados mayores de 52 años sí que se puede complementar otro tipo de ayuda que pueda complementar este pago. Se trata del Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación que concede la Seguridad Social y que tiene un carácter indefinido, por lo que se cobrará siempre y cuando se respeten los requisitos mínimos. Para poder solicitarla, se pueden seguir los pasos que se marcan en el artículo sobre si es compatible el Ingreso Mínimo Vital con el subsidio para mayores de 52 años. En el que también se marcan aquellos cobros que iban a recibir estos beneficiarios.

Si se conceden estas 2 cuantías, es importante tener dos factores en cuenta. En primer lugar, el desempleado debe presentar la declaración anual de rentas ante el Servicio Público de Empleo Estatal, para que así se certifique que se cumplen con el requisito mínimo de respetar el límite de los 723,75 euros al mes y pueda seguir cobrando el subsidio para mayores de 52 años

Pero no solo eso, sino que también debe presentarse la declaración de la Renta ante Hacienda por estar cobrando el Ingreso Mínimo Vital. Todo para que desde la Agencia Tributaria se controlen los ingresos que tiene el beneficiario de la ayuda y seguir o no pagando esta prestación por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

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