Esto es lo que cubre el dentista de la Seguridad Social en 2024

El Sistema Nacional de Salud (SNS) permite acceder a una serie de tratamientos gratuitos para la atención bucodental en España. Estos son los servicios que incluye y los que no.

Dos dentistas de la Seguridad Social
Tratamientos y servicios bucodentales gratuitos del Sistema Nacional de Salud Envato
Esperanza Murcia

La Seguridad Social dispone de una cobertura de servicios y tratamientos médicos gratuitos a los que pueden acogerse los ciudadanos. Uno de los más solicitados es el de la asistencia bucodental, debido a los altos costes que supone pasar por la consulta de un dentista. Así, son muchas las personas que se preguntan qué servicios cubre el dentista del Sistema Nacional de Salud (SNS)

Hay que destacar que la salud bucodental sigue siendo una de las asignaturas pendientes que tiene España en materia de salud. Motivo por el que la nueva ministra de Sanidad, Mónica García, mostró a finales de 2023 su interés en ampliar el actual Plan de Salud Bucodental para incluir en él a las personas desempleadas y a las personas mayores de 65 años. 

En esta línea, PSOE y Sumar, en su acuerdo de Gobierno, también firmaron incrementar "la cartera de servicios y prestaciones de la sanidad pública (salud bucodental, salud visual, salud mental)" y garantizar, en concreto, el derecho a la salud de todos los niños, niñas y adolescentes mediante el acceso a servicios de atención a la salud bucodental y la salud mental, y audífonos. 

¿Qué te entra en el dentista de la Seguridad Social?

La cobertura pública de la atención bucodental en España cubre los siguientes servicios, tal como recoge el Ministerio de Sanidad en su página web:

  • Información, educación para la salud y adiestramiento en materia de higiene y salud bucodental.
  • Consejo odontológico.
  • Tratamiento de procesos agudos odontológicos: procesos infecciosos e inflamatorios que afectan al área bucodental, traumatismos oseodentarios, heridas y lesiones en la mucosa oral, así como la patología aguda de la articulación témporo-mandibular. También incluye el tratamiento farmacológico de la patología bucal que lo requiera, exodoncias, exodoncias quirúrgicas, cirugía menor de la cavidad oral, revisión oral para la detección precoz de lesiones premalignas y, si procediera, biopsia de lesiones mucosas.
  • Medidas preventivas y asistenciales para la población infantil de acuerdo con los programas establecidos por las administraciones sanitarias competentes: incorpora la aplicación de flúor tópico, obturaciones o sellados de fisuras, entre otros.
  • Educación sanitaria para la autoexploración de la cavidad oral en la búsqueda de lesiones de sospecha de malignidad

Asimismo, dependiendo del grupo poblacional o si se pertenece a un determinado colectivo, se incluyen otros servicios, como se detalla en el Plan para la ampliación de la cartera común de servicios de salud bucodental en el Sistema Nacional de Salud (que se puede consultar aquí), aprobado en 2022.

Población infantil y juvenil desde el nacimiento hasta los 14 años, inclusive:

  • Revisión periódica del estado de salud oral, que incluirá exploración radiográfica cuando esté indicada.
  • Determinación del riesgo individual de caries, especialmente en los dos primeros años de vida, para establecer la periodicidad de las revisiones y las medidas preventivas orientadas a reducir ese riesgo.
  • Tanto en dentición temporal como definitiva: aplicación de sustancias remineralizantes, antisépticas y/o desensibilizantes. Sellados de fosas y fisuras. Tartrectomía
  • En la dentición temporal, se aplicarán actuaciones de mínima intervención y medidas tendentes a frenar el proceso de lesión por caries.
  • Para toda la dentición definitiva se incluyen obturaciones en lesiones que no asocien daño pulpar irreversible producidas por caries, traumatismo o por cualquier enfermedad que afecte a la estructura del diente.
  • En el caso de lesiones por traumatismo en el grupo incisivo y canino definitivos, se incluyen también: reubicación y estabilización de los dientes afectados del grupo anterior, ferulización del grupo anterior y sutura de tejidos blandos, si es necesario, y tratamientos pulpares.

Las personas con discapacidad intelectual y limitante de la movilidad de los miembros superiores, así como las personas con procesos oncológicos del territorio cérvico-facial, a partir de los 14 años podrán acceder también a los anteriores servicios.

Embarazadas:

  • Consejos para preservar la salud oral del futuro bebé.
  • Exploración clínica para determinar su estado de salud oral y su riesgo tantonde caries como de enfermedad periodontal.
  • Cuando esté indicado, tartrectomía y aplicación de sustancias remineralizantes, antisépticas y/o desensibilizantes.
  • Deben realizar, al menos, una visita odontológica, preferentemente durante el primer trimestre del embarazo.

Personas mayores de 65 años:

  • Aplicación de sustancias remineralizantes, antisépticas y/o desensibilizantes, previa tartrectomía si fuera necesario para que el tratamiento anterior sea efectivo.

Personas diagnosticadas de procesos oncológicos del territorio cervicofacial, así como a las personas sometidas a tratamiento quimioterápico por tumores de otra región del organismo:

  • Exploración clínica para determinar su estado de salud oral y las necesidades preventivas y terapéuticas que puedan ser necesarias para la prevención de lesiones orales derivadas del tratamiento oncológico de radio o quimioterapia.
  • Aplicación de sustancias remineralizantes, antisépticas y/o desensibilizantes, previa tartrectomía si fuera necesario para que el tratamiento anterior sea efectivo.
  • Implantes dentales de las personas que han perdido los dientes a causa de una patología o tratamiento contra el cáncer, así como a pacientes que sufren malformaciones congénitas que cursan con anodoncia (síndromes craneofaciales, displasia ectodérmica, fisurados…). 

¿Qué tratamientos se excluyen del Sistema Nacional de Salud?

El resto de servicios que no se han citado en el listado anterior corre a cuenta de los propios ciudadanos, es decir, tienen que pagarlos de forma íntegra. En concreto, los tratamientos que quedan excluidos de la atención bucodental que proporciona el Sistema Nacional de Salud (SNS) son los siguientes: 

  • Obturaciones definitivas y tratamientos pulpares en la dentición temporal.
  • Tratamientos pulpares en la dentición definitiva.
  • Tratamientos ortodóncicos.
  • Exodoncias de dientes sanos por indicación exclusivamente ortodóncica.
  • Tratamientos con finalidad exclusivamente estética.
  • Implantes dentarios y prótesis dentales.
  • Realización de pruebas complementarias para fines distintos de las prestaciones financiadas por el SNS. 

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