Los motivos por los que te pueden obligar a devolver el Ingreso Mínimo Vital

La Seguridad Social puede reclamar el Ingreso Mínimo Vital si se incumple algunas de sus normas, obligando a devolver parte o la totalidad de la cuantía.

Fachada de una oficina de la Seguridad Social
Fachada de una oficina de la Seguridad Social Archivo
Francisco Miralles

Más de 2,15 millones de personas son beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV), tal y como se desprende de los datos oficiales publicados por la Seguridad Social. Esta prestación no contributiva garantizar de unos ingresos mínimos a familias con bajo poder adquirido y en riesgo de pobreza. Pero no cumplir con los requisitos que exige la Seguridad Social conllevará no solo a perder Ingreso Mínimo Vital, sino incluso a tener que devolver las cuantías cobradas indebidamente.

Esta ayuda viene a ser una renta garantizada que protege a personas con vulnerabilidad económica y que asegura unos ingresos mínimos cada mes entre 604,21 y 1.329,24 euros mensuales, dependiendo de la unidad de convivencia. A pesar de esto, a veces, la necesidad o el desconocimiento lleva a cometer errores, que a pesar de ser involuntarios, puede suponer un fraude fiscal o engaños a ojos de Hacienda.

En estos casos, la Seguridad Social no puede quitar el Ingreso Mínimo Vital, sino que puede hasta obligarnos a devolver parte de cuantías devengadas por ser un cobro indebido. De ahí la importancia que se cumpla con todos los requisitos y obligaciones para ser perceptores de pleno derecho del IMV.

Motivos por lo que te piden devolver Ingreso Mínimo Vital

La Seguridad Social recoge un total de tres tipos de infracciones: leves, graves y muy graves. Dentro de estas, hay seis motivos que son considerados como muy graves. En el momento que se incumpla una muy grave, la administración podrá requerir la devolución del dinero, pero no totalmente, sino la cuantía que recibió durante los 180 días (seis meses) anteriores a que cometiera el error.

Por ejemplo, una persona que viva sola y esté desempleada cobra mensualmente de Ingreso Mínimo Vital 604,21 euros. En caso de que cometa algunas de las infracciones muy graves, está obligado a la devolución de 3.625,26 euros, lo que equivale a lo ingresado en medio año.

La Seguridad Social entiende como “muy grave” cuando se den tres situaciones graves, siendo graves los siguientes supuestos:

  • No proporcionar la documentación e información necesaria para demostrar que se cumplen los requisitos y para mantener el derecho a recibir la prestación. Esto también incluye asegurar la correcta recepción de notificaciones y comunicaciones. Esto aplica cuando esta falta de información haya resultado en un cobro indebido de la prestación, siendo esta cantidad mensual igual o inferior al 50% de lo que correspondería recibir.
  • No informar sobre cualquier cambio o situación que pueda llevar a la modificación, suspensión o finalización de la prestación, en un plazo de 30 días.
  • Cometer una tercera infracción leve en el plazo de un año, si previamente se han cometido dos infracciones del mismo tipo.
  • No cumplir con la obligación de participar en las estrategias de inclusión que promueva el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, de acuerdo con las condiciones establecidas.
  • Incumplir las condiciones relacionadas con la compatibilidad de la prestación del IMV con los ingresos obtenidos por trabajo o actividad económica.

En el caso de incumplir con estas sanciones por tres veces, la Seguridad Social puede proceder (si lo encuentra ajustado a derecho) la devolución de hasta seis meses de prestación.

Sin derecho a Ingreso Mínimo Vital durante 5 años

Pero no lo solo cometer infracciones puede conllevar la pérdida de la prestación también supondrá, sino que además puede suponer que dos a cinco años no se puede solicitar la ayuda, aun reuniendo los requisitos. Esta situación se dará cuando exista algunas de estas situaciones:

  • Falseamiento de la declaración de ingresos o patrimonio.
  • Ocultación fraudulenta de cambios sustanciales que pudieran dar lugar a la modificación o suspensión de la prestación.
  • Cualquier otra situación fraudulenta que de lugar al acceso indebido de la prestación.

Así, en el caso de que cometer infracciones graves la Seguridad Social ordenará que se devuelva las cantidades y decretar la extinción del derecho al Ingreso Mínimo Vital durante dos años. Además, si la persona ha sido sancionado por una infracción muy grave, se negará el derecho a la ayuda durante cinco años.

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