Los 6 motivos por los que te pueden obligar a devolver el Ingreso Mínimo Vital

La Seguridad Social recoge 6 motivos para obligarte a devolver el Ingreso Mínimo Vital en función del tipo de sanción que imponga. Es imprescindible comunicar los cambios cuando no se cumpla algún requisito.

hombre sostiene billetes de 10 euros
Devolución del Ingreso Mínimo Vital (IMV)
Isabel Gómez

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una de las prestaciones de la Seguridad Social que más beneficiarios está teniendo en los últimos años. Sin embargo, existen seis motivos por los que la administración obliga a la persona a devolver la cuantía íntegra de esta ayuda no contributiva cuando se encuentren irregularidades en el cobro. Esto puede afectar de dos maneras a quien lo recibe.

Esta ayuda viene a ser una renta garantizada que protege a personas con vulnerabilidad económica, por lo que la necesidad lleva a muchos a cometer fraudes fiscales o engaños que luego se pagan caros al ser descubiertos. Por ello existen tres tipos de infracciones: leves, graves y muy graves.

En el caso de esta última, puede suponer la devolución íntegra del dinero a la Seguridad Social. De ahí la importancia que se cumplan con todos los requisitos y obligaciones para ser perceptores de pleno derecho del IMV.

¿Cuándo hay que devolver el dinero del Ingreso Mínimo Vital a la Seguridad Social?

Esta administración pública recoge seis motivos que son las que tienen la consideración de muy graves. En el monto que se incumpla con alguna, el organismo público tiene todo el derecho a exigir la devolución del dinero, pero no totalmente, sino la cuantía que recibió durante los 180 días (seis meses) anteriores a que cometiera el error.

A continuación se explicará con un ejemplo. Una persona que viva sola y esté desempleada cobra mensualmente de Ingreso Mínimo Vital 491,63 euros. En caso de que cometa algunas de las infracciones muy graves, está obligado a la devolución de 2.949,78 euros, lo que equivale a lo ingresado en medio año.

Cabe recordar que se tiene que dar una situación concreta antes de que la Seguridad Social obligue a la devolución de la cuantía: haber perdido el derecho a recibir la prestación, como ocurre en las siguientes situaciones:

Cometer 3 infracciones graves

Al cometer tres infracciones graves que han sido sancionadas dos veces al año, el infractor deberá cumplir con dicha multa. En estos casos que se detallan, se encuentran la falta de documentación o no comunicar cambios en los requisitos a cumplir.

Falsificación de datos y documentos

Aparte de ser una falta tipificada en el Código Penal, falsificar documentos para seguir manteniendo la ayuda económica es de las cosas más graves que se pueden cometer.

No comunicar la salida al extranjero

Cuando se vaya a realizar un viaje al extranjero por un plazo inferior a 90 días (tres meses) no tiene por qué comunicarlo a la administración. La cosa cambia cuando se sobrepasa ese límite de tiempo sin comunicarlo. Ahí es cuando el beneficiario no estaría cumpliendo con su obligación y deberá devolver el dinero.

No informar de cambios que modifiquen la situación de la prestación

Todos los perceptores están obligados a comunicar en el caso de que ya no se cumplan con alguno o varios requisitos previos que originaron el derecho a cobro. El delito se produciría en el momento en el que la persona pierde el derecho a recibirlo pero, al no comunicar a la Seguridad Social, sigue recibiendo un dinero que no le pertenece.

No entregar la documentación necesaria

Además, se puede exigir la devolución de parte de la prestación también si el beneficiario no entrega la documentación necesaria que se pide por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Esto tendrá lugar siempre y cuando se esté recibiendo un cobro de una prestación que sea mayor al 50% de la ayuda económica que le podría pertenecer.

Incumplir en varias ocasiones con las condiciones

Por último, también se puede ser sancionado por una infracción muy grave cuando se haya detectado un incumplimiento continuado de las condiciones económicas que se marcan en los límites del IMV. Esto tiene que ver con estar recibiendo un nivel mayor en los ingresos de trabajo y tener una actividad económica superior al límite que se exige respetar por parte del INSS.

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