El único caso donde puedes cobrar dos pensiones de incapacidad permanente a la vez

La Seguridad Social establece que cobrar dos pensiones por incapacidad permanente son incompatibles entre sí, salvo en esta excepción. Consulta cuáles son los requisitos que hay que cumplir.

pensión de Incapacidad permanente
Cómo cobrar dos pensiones de Incapacidad permanente a la vez
Francisco Miralles

La incapacidad permanente es una prestación económica que la Seguridad Social concede a trabajadores que por enfermedad, lesión o accidente ven reducida o anulada su capacidad para trabajar. Dependiendo del grado de incapacidad es posible volver a trabajar y es aquí donde muchas personas se preguntan si se puede cobrar dos pensiones de incapacidad permanente a la vez.

Para entender un poco mejor esto, es importante señalar que la Seguridad Social cuenta con cuatro grados de incapacidad en España que son: parcial, total, absoluta y gran invalidez. Mientras, que en la parcial permite volver a trabajar en cualquier actividad laboral y en total no, pero permite trabajar en otra actividad. En absoluta impide trabajar en cualquier tipo de trabajo (salvo casos muy específicos).

No existe un listado de enfermedades o causas por las que se conceda una incapacidad permanente, pero es posible solicitarla a través de la Seguridad Social. Tras presentar la solicitud, un Tribunal Médico conocido como Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI). Este será el encargado de valorar y establecer el grado de incapacidad que, según el grado, le posibilitará volver a trabajar.

Ahora, la gran duda es saber puede darse el caso de cobrar dos pensiones por incapacidad permanente a la vez.

Cómo cobrar dos pensiones de incapacidad permanente a la vez

La Ley General de la Seguridad Social (LGSS) establece que no es posible cobrar dos pensiones de incapacidad permanente a la vez, siempre que correspondan al mismo Régimen de la Seguridad Social. Es decir, el beneficiario deberá elegir entre una u otra.

Incapacidad permanente
Incapacidad permanente

Pero, existe una posibilidad por la que es posible cobrar dos pensiones de invalidez a la vez y es que pertenezcan a Regímenes diferentes. En otras palabras se trataría, por ejemplo, de cobrar una incapacidad bajo el Régimen General de la Seguridad Social y otra por el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Ahora, para poder acceder a ambas prestaciones es necesario reunir los requisitos para acceder a cada una de las pensiones por incapacidad permanente. Dependiendo de si la incapacidad es por enfermedad común o accidente laboral o no, será necesario reunir una serie de condiciones.

¿Se puede cobrar una incapacidad permanente con la pensión de jubilación?

La incapacidad permanente es incompatible con la pensión de jubilación siempre que pertenezcan al mismo régimen. En el caso de pertenecer a regímenes diferentes, la pensión de incapacidad permanente puede ser compatible con una pensión de jubilación de otro régimen distinto.

Según explica, hay una excepción y es que, para acreditar el derecho, o para el perfeccionamiento del mismo, se tenga que acudir al régimen que reconozca la jubilación. En esta situación se deberá optar por una de ellas. En el caso de que la incapacidad fuera derivada de un accidente de trabajo concedido bajo el antiguo Reglamento de Accidentes de Trabajo de 22-06-1956, si sería compatible con cualquier otra pensión.

Otras noticias interesantes

Lo más leído

Archivado en: