¿Es compatible la pensión por incapacidad permanente total y el cobro del paro? Requisitos para cobrar ambas ayudas

Es posible cobrar una pensión por incapacidad permanente total y cobrar el paro al mismo tiempo, pero es necesario reunir una serie de requisitos.

Una mujer consulta cobrar el paro con incapacidad permanente
¿Se puede cobrar el paro y la pensión por incapacidad al mismo tiempo?
Francisco Miralles

La pensión por incapacidad permanente total se concede a trabajadores que a causa de una enfermedad, lesión o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral y no pueden trabajar. Esta prestación económica es concedida por la Seguridad Social y tiene como objetivo cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador a causa de esta incapacidad. Tras ser concedida, son muchas las personas que se pregunta si es posible volver a trabajar. Y en este caso, si da derecho compatibilizar la incapacidad permanente total y el cobro del paro.

La Seguridad Social cuenta con cuatro grados de incapacidad permanente que son: parcial, total, absoluta y gran invalidez. Cada uno de ellos contarán con unos requisitos, cuantías y también limitaciones a la hora de trabajar.

Así, mientras que en la parcial podrá seguir trabajando y en la absoluta, impide trabajar en cualquier tipo de empleo (con excepciones), en la total no ocurre lo mismo. Se podrá trabajar siempre que el trabajo que realice no sea por la que le fue concedida la pensión.

En otras palabras, se puede trabajar con una incapacidad permanente total, tras acabar se podrá cobrar el paro, pero a la hora de iniciar una actividad laboral esta debe ser diferente por la que se ha concedido la pensión. Por ejemplo,un conductor que a causa de la pérdida de visión se le concede la incapacidad total, ya no podría trabajar en eso, pero si, en la docencia, ya que no le imposibilita.

Requisitos para cobrar el paro y la pensión por incapacidad permanente

Según explica el Servicio Público de Empleo Estatal, cobrar el paro es compatible con el cobro de pensión de invalidez permanente total. Ahora, es necesario reunir unos requisitos, tener acceso a la prestación contributiva por desempleo.

El principal requisito para tener derecho a paro es, el haber cotizado al menos 360 días durante los últimos 6 años anteriores a la solicitud. Además, de este, es necesario cumplir estas otras condiciones:

  • Estar inscrito como demandante de empleo y dado de alta en la Seguridad Social.
  • Encontrarse en situación legal de desempleo y acreditar estar buscando empleo de manera activa.
  • No haber estado trabajando como autónomo o trabajador por cuenta propia (es incompatible con la prestación).
  • No tener la edad legal ordinaria de jubilación. Según la última reforma de las pensiones esta van incrementando con el paso de los años, llegando a los 67 años en 2027.

En el caso de no cumplir con los requisitos para compatibilizar el cobro del paro con una pensión por incapacidad permanente, se podrá acceder a los subsidios por desempleo, pero en la mayoría de los casos dependerá del nivel de rentas.

Para solicitar el paro, esta podrá hacerse a través de la Sede Electrónica del SEPE, usando certificado digital o DNI electrónico. También puede solicitarse a través del formulario de pre-solicitud de prestaciones o de manera presencial, acudiendo a las oficinas de empleo mediante cita previa.

Recordar, que para pedir el paro, los beneficiarios de una pensión por incapacidad permanente, tras finalizar la actividad laboral, tendrán 15 días hábiles para solicitar la prestación por desempleo.

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