
La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a un hombre y a una mujer por llevarse de la casa en la que vivían diversos objetos por valor de 2.000 euros, utilizar talones bancarios del propietario de la vivienda para apoderarse de otros 53.000 y usar su tarjeta de crédito para extraer 11.500 euros del cajero.
El juicio estaba señalado en la Sección Tercera de la Audiencia de Cantabria para el pasado 15 de mayo, pero, al inicio del mismo, las partes alcanzaron un acuerdo. Tal como recoge en un comunicado el Consejo General del Poder Judicial, el tribunal llevó a sentencia el acuerdo, condenándoles como autores de un delito continuado de hurto y un delito de estafa agravada en concurso con falsedad documental. El hombre ha sido condenado a una pena de dos años y tres meses de prisión, así como a multa de 480 euros, por reincidente, mientras que la mujer enfrenta una pena de un año y diez meses de cárcel y una multa de 360 euros.
Al aplicar la pena, se ha tenido en cuenta la concurrencia de dos circunstancias atenuantes de la responsabilidad penal: dilaciones indebidas (los hechos datan de 2016) y la reparación del daño, ya que han consignado judicialmente 3.000 euros antes de la celebración del juicio. En concepto de responsabilidad civil, deberán indemnizar a los herederos del hombre, que falleció meses después de los hechos, en las cantidades sustraídas.
Accedieron a su talonario porque una vez les autorizó a usarlo para que le compraran material ortopédico
Según los hechos reconocidos por los acusados, empezaron a vivir en casa del hombre tras alcanzar un acuerdo los tres “para ayudarse mutuamente”. Aprovechando que el propietario de la vivienda se encontraba ingresado en el hospital, donde permaneció siete meses, el hombre, confabulado con la mujer, se llevó de la vivienda sin consentimiento de su dueño diversos efectos, por un valor de cerca de 2.000 euros, “con la finalidad de obtener un beneficio económico ilícito”.
La estancia en el hospital del propietario fue prolongada, lo que hizo que el mismo solicitase al ahora condenado que le acercara su talonario personal de cheques, autorizándole para que extrajera del banco 3.500 euros para compras de material ortopédico. Esto les permitió acceder sin problemas al mismo, procediendo la mujer “con conocimiento y cooperación del acusado” a rellenar “diversos talones como si los firmase el perjudicado y fijándose a ella misma como la destinataria”. De este modo, obtuvieron cerca de 53.000 euros.
Asimismo, durante ese tiempo en que el propietario estaba ingresado, llegó a la casa una tarjeta de crédito con el pin a nombre del mismo, que fue empleada por el hombre para extraer del cajero en diversas fechas cantidades de dinero hasta un total de 11.500 euros. Por todo ello, la Audiencia Provincial de Cantabria, en sentencia firme de conformidad, ha impuesto una pena de dos años y tres meses de prisión al hombre y otra de un año y diez meses de cárcel a la mujer, por un delito continuado de hurto y un delito de estafa agravada en concurso con falsedad documental.