Cuántas veces puedo cobrar el subsidio para mayores de 52 años: el límite del SEPE

El Servicio Público de Empleo Estatal permite que algunos desempleados cobren el subsidio para mayores de 52 años, pero, ¿durante cuántos años se puede cobrar? ¿Qué ocurre si se encuentra un trabajo temporal?

subsidio para mayores de 52 años
Cuántas veces deja el SEPE renovar el subsidio para mayores de 52 años EFE
Isabel Gómez

Son muchos los desempleados con edades comprendidas entre los 52 años y los 65 que al quedarse sin trabajo viven como una auténtica odisea volver a reincorporarse al mercado laboral. Consciente de ello, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) les permite cobrar una ayuda asistencial, el subsidio por desempleo, aunque para ello deben acreditar unos requisitos previos. La mayoría se preguntan: ¿Cuántas veces deja el SEPE cobrar el subsidio para mayores de 52 años?

Esta ayuda no es para todo el mundo, sino que tiene unas características que la hacen diferente, incluso del resto de subsidios. Uno de esos aspectos es que, a diferencia del rento, es el único que cotiza para la pensión de jubilación. Lo hace por el 125% de la base mínima de cotización. Además, su duración también es especial, al igual que su renovación, como se verá más adelante.

El problema de esta ayuda puede venir cuando la persona desempleada encuentra un trabajo a tiempo parcial, o, que a pesar de un tener un contrato indefinido, como fijo discontinuo, lo pierde al cabo de un tiempo. Es en ese punto cuando surge la duda de si se puede volver a pedir el subsidio por desempleo y durante cuántas veces.

El tiempo máximo que permite el SEPE renovar el subsidio para mayores de 52 años

Tiempo máximo para renovar el subsidio para mayores de 52 años

Como apuntan desde la plataforma web del SEPE, el subsidio para mayores de 52 años puede cobrarse por una persona desempleada o en situación legal de desempleo tantas veces como sea necesario. Eso sí, ha tenido que agotar previamente la duración total de la prestación contributiva por desempleo (el paro) y cumplir con unas condiciones.

La administración pública de empleo sí que permite que el trabajador compatibilice esta ayuda asistencial junto con un empleo de forma temporal. Puede volver a trabajar y una vez extinguido el contrato, le permite solicitar la reactivación del subsidio.

Para entenderlo con un ejemplo, una persona que cobre la prestación contributiva por desempleo encuentra un trabajo de tres meses. EL SEPE le permite paralizar el subsidio y tras finalizar la actividad pedir la reactivación de la ayuda. Si durante el tiempo que está trabajando cotiza lo suficiente como para pedir el paro, primero debe agotarlo y después, volver a solicitar el subsidio para personas con 52 años o más.

Otro límite para cobrar esa ayuda es alcanzar la edad de jubilación. En el momento que la persona puede abandonar el mercado laboral y convertirse en pensionista, la administración la suspende y el beneficiario debe solicitar la pensión de jubilación que le pertenezca.

Requisitos para cobrar el subsidio para mayores de 52 años

Una persona desempleada con 52 años o más que sea perceptora del subsidio por desempleo está en la obligación de demostrar una serie de requisitos previos en el momento de la solicitud. El objetivo es que únicamente sea disfrutado por aquellos que realmente lo necesiten. Esas exigencias se resumen en:

  • Tener 52 años o más en la fecha en la que se cumplan los requisitos para cobrarlo.
  • Haber agotado el paro o los subsidios previos a los que tuviera derecho.
  • Estar en una situación de desempleo o legal de desempleo y permanecer inscrito como demandante de empleo durante todo el tiempo de disfrute.
  • No rechazar ningún curso ni oferta de empleo que ofrezca el SEPE y suscribir el compromiso de actividad. El objetivo es que la persona vuelva al mercado laboral cuanto antes.
  • Carecer de ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, o lo que es igual, demostrar que los ingresos mensuales son inferior a los 810 euros al mes.
  • Haber cotizado durante un mínimo de 15 años para la pensión de jubilación, dos de lo cuales deben incluirse en los 15 años anteriores a la solicitud del subsidio.
  • Haber cotizado un mínimo de 6 años para la prestación contributiva por desempleo en el régimen general.

¿Qué importe voy a cobrar si recibo la ayuda para mayores de 52 años del SEPE?

La cuantía de esta ayuda contributiva corresponde con el 80% de Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples, o lo que es igual, 480 euros mensuales durante todos los meses que se reciba.

En términos anuales, la persona cobra 5.760 euros en 12 pagas. Eso sí, de año en año, tiene la obligación, si no quiere perder la ayuda, de presentar una Declaración Anual de Rentas.

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