
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en materia de seguro de desempleo cuenta con diferentes prestaciones y subsidios dependiendo de las necesidades de aquellos trabajadores que hubieran perdido su empleo. Es importante saber las principales diferencias y cuando un desempleado debe solicitar una u otra.
La principal diferencia entre subsidio y prestación es la cotización. Mientras que para acceder al paro es necesario contar con 360 días cotizados, en los subsidios por desempleo no lo es. Otra de las diferencias es que para acceder es requisito imprescindible no contar con rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, que para este 2022 se sitúa en los 750 euros al mes.
También hay diferencias a la hora de solicitarse, cuantías, duración y por ello, más abajo se explica qué es cada uno y cuándo se debe de solicitar uno u otro.
Prestación contributiva por desempleo: “el paro”
La prestación contributiva por desempleo o más conocida como “el paro” es la ayuda a la que los trabajadores que cuenten con al menos 360 días cotizados durante los seis últimos años. Se puede cobrar con una duración mínima de cuatro meses y máximo por dos años.
Contributiva significa que se cobra según lo cotizado, por ello cuanto más cotice durante más tiempo, más se cobrará. Así, esta prestación tiene una cuantía mínima de 540,41 euros y máxima de 1.4519,92 euros al mes. Esta dependerá de los hijos a cargo del desempleado y de las cotizaciones a la Seguridad Social.
¿Cuándo se debe de solicitar la prestación por desempleo?
Se debe de solicitar cuando se cuente con el mínimo de días cotizados. A más días más tiempo se cobra, por ello recomendamos leer esta guía sobre la prestación contributiva por desempleo, donde se explica al detalle cómo solicitarla de forma online.
Subsidios por desempleo
Los subsidios por desempleo o ayudas asistenciales son aquellas a las que se puede acceder cuando no se tiene el mínimo cotizado para acceder a la contributiva o se carece de rentas superiores al 75% del SMI. El objetivo de estos, es la de paliar una situación de necesidad y garantizar unos ingresos mínimos al trabajador.
Mientras que el paro tiene una cuantía variable en función de las cotizaciones, en los subsidios no ocurre lo mismo. La cuantía será fija y la misma para todos, 463,21 euros al mes (80% del IPREM) a excepción de la renta agraria, la cual puede llegar a los 619,44 euros. En el caso de trabajar a jornada parcial se cobrará la parte proporcional, es decir si se trabaja a medida jornada 50%, se cobrará 309,72 euros.
La duración dependerá de las necesidades del trabajador y del tipo de subsidio solicitado. Así mientras que la ayuda para personas desempleadas mayores de 52 años tiene una duración indefinida, el de mayores de 45 años solo durará 6 meses y la renta agraria 11 con posibilidad de solicitarse hasta tres veces. Puede conocer más en este artículo sobre la duración de los subsidios por desempleo.
¿Cuándo se debe de solicitar el subsidio por desempleo?
Se debe de solicitar cuanto no se tengan las cotizaciones suficientes para solicitar el paro y se carezcan de ingresos económicos por encima de los 750 euros. Además, habrá que cumplir con las condiciones del SEPE y los cuales se puede ver en esta guía sobre los requisitos y cómo solicitar los subsidios por desempleo.
También es posible solicitar el subsidio por desempleo, si el interesado ha agotado su prestación contributiva, el paro, y sigue sin encontrar empleo, dejando por el momento el mes de carencia o espera.
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