
Para pedir la pensión de viudedad, la Seguridad Social habilita dos vías: de manera presencial en las oficinas del INSS o a través de la Sede Electrónica. Esta prestación tiene carácter vitalicio, y los beneficiarios son las personas que hayan estado casadas o inscritas como pareja de hecho en el momento en que uno de los dos muere.
A la hora de cobrar la pensión de viudez, es importante tener en cuenta el momento en que se solicita. Lo mejor es que se haga como máximo tres meses después de la muerte.
¿Por qué? Porque haciéndolo dentro de este periodo, el superviviente se asegura cobrar a partir del día siguiente del deceso, en el caso de que su pareja estuviera cotizando a la Seguridad Social, esto es, que estuviera ocupando un puesto de trabajo, con contrato activo.
En el otro lado, están aquellas personas que, en el momento de su muerte, ya no constaban de alta en la Seguridad Social. Es decir, que ya eran pensionistas. El superviviente de la relación también podrá pedir la ayuda a la Seguridad Social y la resolución la recibirá en mas o menos un mes.
Dónde se solicita la pensión de viudedad
La pensión de viudedad se solicita en la Sede Electrónica del INSS o yendo a las oficinas de la administración de modo presencial. Con la crisis del coronavirus, las autoridades recomiendan el procedimiento telemático.
Solicitar pensión de viudez en la Sede Electrónica
Lo primero, es entrar en la Oficina Virtual de la Seguridad Social, dentro de las prestaciones por muerte y supervivencia. Es fundamental contar con toda la documentación al día y en formato compatible con la Sede Electrónica (normalmente, el que mejor funciona es el .PDF).
Al entrar, el INSS pedirá la identificación a la persona que va a presentar la solicitud de la pensión de viudedad. Aquí hay varias opciones: certificado electrónico, DNIe, Cl@ve o realizar gestiones sin certificado.
Tras rellenar los datos y adjuntar la documentación obligatoria, el sistema exige una firma. Hay que dar al botón de ‘Firmar’ y ‘Enviar’. Automáticamente, se genera un certificado en .pdf que llegará al email del usuario o directamente se podrá descargar para guardar en el escritorio o donde prefiera.
Es fundamental tenerlo porque sirve de justificante de presentación de la solicitud.
Pedir la pensión de viudedad en las oficinas INSS
Para solicitar esta ayuda por muerte y supervivencia de manera presencial en las oficinas, es requisito solicitar cita previa INSS. Una vez que el solicitante tenga ya el día y la hora, deberá presentarse ante el funcionario con toda la documentación actualizada.
El trabajador entregará un impreso (modelo) para rellenar. Luego la viuda o viudo recibirá información sobre la cantidad a ingresar, si le corresponde la pensión mínima o si, por el contrario, ese dinero sube hasta la pensión máxima.
¿Qué documentos necesito para solicitar la pensión de viudedad?
A la hora de pedir la viudez, es necesario tener preparada la siguiente documentación:
- Modelo de solicitud oficial de la Seguridad Social para pedir la pensión de viudez. Está en la Sede Electrónica.
- Acta de defunción, se puede encargar en el Registro Civil.
- Justificante de haber pagado las cotizaciones correspondientes a la Seguridad Social, en el caso de alta, durante los tres meses previos al fallecimiento en el caso de que el finado tuviese un contrato de trabajo activo.
- Si había matrimonio o certificado de pareja de hecho, el Libro de Familia o cualquier documento expedido por el Registro Civil en el que conste esta circunstancia.
- Si el ciudadano es extranjero, tendrá que aportar documentación similar a la del punto anterior de su país de origen.
- En el caso de que haya divorcio, presentar el convenio regulador.
- Viudo o viuda con cargas familiares, el Libro de Familia que acredite el número y edad de los hijos, o personas con dependencia.
- Si es víctima de violencia de género, el documento de Servicios Sociales que lo acredite de manera oficial.
¿Cuánto se cobra por viudedad?
La cantidad a cobrar es de un 52% de la base reguladora del salario que cobraba el fallecido, tras la subida de las pensiones de viudedad en un 1,8% en el mes de enero. El cálculo sube al 70% el beneficiario si cuenta con cargas familiares, o cuando esta ayuda económica sea la única fuente de ingresos.
En este sentido, los rendimientos económicos del pensionista no deben ser mayores de 17.460 euros. No hay que olvidar que la Seguridad Social permite trabajar y cobrar la pensión de viudedad al mismo tiempo. Pero siempre y cuando se respete el límite de las rentas.
¿Cuándo se extingue el derecho a la pensión?
El beneficiario deja de cobrar la pensión de viudedad siempre y cuando contraiga nuevo matrimonio o se inscriba de nuevo como pareja de hecho en el Registro Civil. Pero tampoco podrá seguir disfrutando de esta prestación si se demuestra que ha tenido algo que ver en la defunción de su pareja.
También por fallecimiento de la persona que estaba cobrando (el pensionista) o porque al ciudadano dado por muerto en el caso de desaparición, al final estaba vivo y la viuda o viudo ya habían solicitado la pensión de viudez.
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