
Es posible que haya casos en los que un pensionista tenga que solicitar un pago complementario para poder hacer frente a un gasto muy concreto que no puede abonar debido a lo poco que cobra con su prestación de jubilación. Se trata de un complemento de 525 euros al que pueden acceder solo algunos beneficiarios de una pensión, siempre y cuando cumplan 5 requisitos imprescindibles para poder cobrar esta paga extra de manera mensual.
A este pago extraordinario y complementario sólo pueden acceder aquellas personas que estén cobrando una pensión con una cuantía económica bastante baja. Esto se traduce siempre y cuando se trata de un jubilado que no ha acumulado el número mínimo de años de cotización que se exigen por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para acceder a una pensión contributiva. Por lo que solo podrán solicitarlo quiénes cobren la prestación no contributiva.
En este caso, el pago extra no se deberá pedir a la Seguridad Social, sino que será necesario solicitarlo a la delegación territorial de los Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma donde se viva. Ya que se trata de una prestación que gestiona el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), al igual que las pensiones no contributivas. Aunque luego sí lo pague la Seguridad Social.
Requisitos para solicitar el complemento de 525 euros
Antes siquiera de saber cómo hay que solicitar este complemento de 525 euros en el pago de la pensión, es necesario conocer cuáles son los requisitos mínimos que se exigen por el IMSERSO. Ya que, para poder ser beneficiario de la prestación extra hay que cumplir con las 5 condiciones que se van a explicar a continuación, por lo que el interesado debe prestar mucha atención y tomar nota de cara a tener opción para poder recibir este dinero de la Seguridad Social. Los requisitos necesarios para solicitarlo son:
- Estar cobrando una pensión no contributiva.
- No tener una vivienda propia.
- Ser titular de un contrato de alquiler de una vivienda.
- No tener ningún tipo de relación conyugal ni familiar de tercer grado con el arrendatario.
- Tener fijada la residencia habitual en una vivienda alquilada.
Así se puede pedir el pago complementario de la pensión
Una vez se conocen los requisitos del complemento para el alquiler, es necesario saber cómo se puede solicitar para recibir la cuantía de dinero que se destina en este año 2022. Para ello hay que tener en cuenta que no se debe pedir, al menos de manera directa, al Instituto de Mayores y Servicios Sociales, sino que hay que acudir a las delegaciones territoriales de los Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma en la que se viva. Además, hay que recordar que el plazo de presentación está abierto de manera permanente, por lo que se puede pedir, en este 2022, hasta el 31 de diciembre, lo mismo que ocurrirá el próximo año 2023.
Aunque antes de acudir a estas delegaciones es necesario tener la documentación necesaria para presentarla. Así, se pueden distinguir dos escritos dependiendo de si se vive en Ceuta o Melilla o si se reside en cualquier otra Comunidad Autónoma, teniendo que descargar el formulario que corresponda y que se detallan a continuación:
- Solicitud para los que vivan en Ceuta o Melilla.
- Solicitud para los que vivan en otra Comunidad Autónoma.
En ese momento hay que dirigirse a los Servicios Sociales de la comunidad en la que se esté viviendo para poder llevar este trámite, ya que es posible realizarlo de manera presencial por parte del pensionista. Aunque no es la única manera, sino que también es posible presentar la documentación de forma telemática a través de la sede electrónica de la Consejería de Políticas Sociales de cada Gobierno autonómico, quedando de la siguiente manera:
- Andalucía.
- Aragón.
- Asturias.
- Cantabria.
- Castilla-La Mancha.
- Castilla y León.
- Cataluña.
- Comunidad Valenciana.
- Extremadura.
- Galicia.
- Islas Baleares.
- Islas Canarias.
- La Rioja.
- Madrid.
- Murcia.
- Navarra.
- País Vasco.
Aunque existe un hecho llamativo, y es que para aquellos que viven en Ceuta o Melilla sólo la pueden presentar de forma presencial. Para ello es necesario que acudan a la delegación territorial de Ceuta o a la delegación de Melilla, siempre y cuando tengan una cita previa.
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